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K
kofilir
31/03/2013 20:11

Disconformidad abrumadora con acta

¿Es posible que el presidente y el administrador acepten una acta de junta redactada por el 95% de los copropietarios?

2.845 lecturas | 7 respuestas

Buenas tardes:
Cuando a los pocos días de una Junta los copropietarios reciben el acta de la misma, firmada por presidente y administrador, encontrandose con sorpresas en la misma, hasta el punto de que el 95% de los asistentes a la Junta es disconforme a dicha acta, y en consecuencia estos llegan al acuerdo de redactar otra, que es la que consideran correcta, y presentan la misma al presidente y administrador, en la esperanza de que rectifiquen estos la original. ¿Sería posible que presidente y administrador puedan aceptar esta del 95% de concenso, y sin llegar a juzgado por supuesto)?.
Saludos.
 

 
K
kofilir
04/04/2013 20:46

Tienes razón MACADI, lo que pasa que hay personas que no se comportan igual cuando ven una comunidad un tanto desorganizada de a cuando se organiza, en este caso fueron solo dos copropietarios que se encargaron de esta organizacion, lo que ha originado en poco tiempo un cambio de actitud del administrador, pues en efecto, ahora organizada sabe que podrìamos actuar la mayoría como mencionas, pero hemos decidido darle un margen hasta la renovacion anual, pues tampoco deseamos esperiencias nuevas hasta no hacer puerto, entre otras causas tambien porque ya ahora el presidente es otro (el nuevo de turno anual).

 
M
MACADI
03/04/2013 13:35

Por lo que comentas, lo que habría que hacer es solicitar al presidente una nueva junta para que de explicaciones del asunto, tanto él como el administrador. En caso de que no lo haga él como sois más del 25% lo hacéis vosotros.  Incluís un punto renovar cargos: Presidente y Secretario/administrador.  Se les hecha y no hay que ir al juzgado para nada.

 
K
kofilir
03/04/2013 11:44

Gracias Eloy516, en mi caso he tenido la dicha de que antes de hacerla definitiva la han corregido, pero por desgracia esto no siempre ocurre, de hay que heche de menos, de que en ese "documento público" no estanpen sus firmas todos los asistetes a las Juntas, como bien es sabido que era corriente hacerlo antiguamente, pero hoy en día el tema de actas creo que esta bastante abandonado, sobre todo en el aspecto aprobación, lectura, envio-recepción, no tanto por los ausentes a Junta (que tambien, aunque lo encuentro menos grave), sino por los asistentes.
Saludos.

 
E
Eloy516
03/04/2013 01:05

El Acta de una comunidad de propietarios es un "documento público". La falsificación del Acta de una junta de propietarios, es constitutiva de delito, y así queda recogido en el Código Penal español. Es decir, que tengan cuidado los firmantes del acta, ya que dependiendo de la gravedad de falseamiento que se contemple en la misma, la pena en caso de ir al juzgado pudiera ser, no tan leve.

Suerte, en vuestra gestión.

 
E
elbonsai
31/03/2013 22:55

Las gracias siempre para vosotros  los que teneis a bien compartir con todos nosotros vuestras experiencias, ya que gracias a vuestra generosidad todos aprendemos nuevas formas para afrontar y solucionar nuestras dudas.

 
K
kofilir
31/03/2013 21:47

Buenas tardes:
Gracias elbonsai por tu precisa y rápida respuesta. Esperemos que el sentido comun se habra camino, sin necesidad de intervenir altas instancias. Es una pena que una L.P.H. tan buena como me parece que lo es, a pesar de sus años, tenga algunas lagunas, como este caso, pues si estaría algo mas desarrollado el tema de actas, este caso no presentaría ningún problema casi seguro.
Un afectuoso saludo.

 
E
elbonsai
31/03/2013 21:19

Lo lógico es que acepten realizar la rectificación. Caso de que no lo acepten y siendo una mayoría tan abrumadora, bastará con que les vean firmes en denunciarles para que sin lugar a dudas lo hagan sin llegar a juzgado pues tienen el pleito perdido de antemano. Lo que tienen que hacer es dar un plazo de 10 días para que de nuevo envien el acta rectificada a todos los propietarios y que  pase a ser esta el acta que se ratificará y aprobará en la proxima junta, dejando claro a estos dos gestores que de no hacerlo procederán a denunciarles y por ende a cesarlos de su cargo a ambos. Por supuesto no olvide decirle a su administrador que el no acatar las ordenes de la junta, añadido a su gestión erronea es motivo justificado para cesarle sin finalizar el año de mandato y por ello sin pago de indemnización. Son ustedes mas que mayoría, ejerzan su derecho y su obligación.

 

Fin del hilo
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