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27/05/2013 20:20

mal los coeficientes

¿Cómo podemos solucionar el problema de los coeficientes mal adjudicados en nuestra comunidad?

1.738 lecturas | 2 respuestas

En mi escalera, todos los coeficientes están mal, el promotor,  que por cierto vive en ella, puso los coeficientes que le dió la gana, con la incomprensible circunstancia que el se adjudicó unos muy altos. Otros vecinos los tienen muy bajos y otros más altos de los que les corresponden. En la última reunión habia que hacer unas obras extraordinarias y se decidió hacerlo por coeficiente, pero él impugno la reunión por estar mal . También solicitó cambiarlos y que los pagara la comunidad, cosa que nos negamos, pues representa mucho gasto, y al fin y al cabo fué él que los adjudicó, y creemos que debe ser él, el que se haga cargo del pago de la rectificación , Mi pregunta és: Podemos en caso de que él no quiera rectificarlos, lo gasto extraordinario hacerlo por coeficiente, ó por el contrario si están mal debemos hacerlo como hasta ahora por partes iguales. Tengo que decir que en alguna ocasión, como

en tejado ó  fachada y  pintura, ya se pagó por coeficiente..

Gracias.

 
AffinisAC
AffinisAC
28/05/2013 07:42

Más o menos pasacero, la mayoría de las veces tampoco solicitan el certificado conforme están al corriente de pago de cuotas comunitarias, esa es otra de las luchas que los administradores tenemos abiertas.

affinis Assessors de Comunitats
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Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
AffinisAC
AffinisAC
27/05/2013 20:35

Buenas tardes,

En primer lugar una reunión no puede impugnarse por completo, sino cada uno de sus acuerdos. Por otro lado, la práctica habitual es que los porcentajes se asignen según lo descrito en las escrituras, ya sea la de propiedad horizontal como en cada una de las de compra-venta por cada vivienda.

Es desde ese porcentaje que deben calcularse las aportaciones a los gastos comunes y derramas varias. Los pactos a los que se llegue en cuanto a rectificaciones ya dependerá de las dos partes, exceptuando omisiones y errores graves donde ya correspondería la solicitud de daños y perjuicios.

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