Volver al foro
I
Insolidarios
16/06/2013 10:33

Salvaescalera para impedida físicamente

¿Existe algún artículo que solucione el problema de la instalación de un salvaescalera para una señora impedida físicamente?

2.031 lecturas | 3 respuestas

Buenos días:

Para una señora de más de setenta años e impedida físicamente, es necesaria la instalación de un salvaescalera (cinco escalones). Hay quien se niega a colaborar en el pago. ¿Hay algún artículo que soluciones este problema?

Saludos,

Insolidarios

 
17011981
17011981
16/06/2013 11:43

Cualquier pago no efectuado por un propietario, estando obligado a ello, se podrá exigir mediante un proceso Monitorio de acuerdo con lo establecido en el art 21 de LPH. También podría exigírselo mediante el correspondiente proceso judicial ordinario.

FINCASCARABANCHEL S.L
Calle Carolina Paino 20, 28025, Madrid
admonfincascarabanchel@gmail.com
Tlf: 605047567
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
17011981
17011981
16/06/2013 11:40

En la LPH se trata específicamente este tipo de instalaciones, la comunidad de propietarios estará obligada a la instalación de la rampa si lo solicita algún propietario superior de 70 años o con discapacidad, siempre que no exceda de 12 mensualidades, quedando exonerados del pago las unidades familiares cuyos ingresos anuales no superen 2,5 veces el Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples. ( ver art 10.2 de la LPH).

Cuando se trata de accesibilidad, y se adopta en junta el acuerdo por 3/5 partes, habrá obligación de pago aunque el coste exceda de 12 mensualidades.

Espero haber sido de ayuda.

FINCASCARABANCHEL S.L
Calle Carolina Paino 20, 28025, Madrid
admonfincascarabanchel@gmail.com
Tlf: 605047567
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
17011981
17011981
16/06/2013 10:51

Si el acuerdo esta adoptado por la mayoría legalmente establecida, y cumpliendo con los requisitos formales se puede exigir el pago mediante el proceso judicial que corresponda.

FINCASCARABANCHEL S.L
Calle Carolina Paino 20, 28025, Madrid
admonfincascarabanchel@gmail.com
Tlf: 605047567
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento