Como bien le ha dicho el compañero de Arfegestión estamos ante un caso de modificación del título constitutivo en donde se tendrá que reflejar el cambio de uso de esa zona común y para ello hace falta que todos los vecinos den su aprobación, es decir, unanimidad.
En respuesta a tu pregunta, cuando hablamos de unanimidad hacemos referencia a que es necesario que todos los propietarios estén de acuerdo: tanto los asistentes como también aquellos que, no habiendo acudido a la junta, no hayan manifestado, una vez hayan sido notificados, estar en contra en el plazo establecido legalmente. Todos deberán de dar su consentimiento ya sea expreso o tácito.
Editado por AFBEZANILLA 19/06/2013 11:47