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patitomiguelito
patitomiguelito
19/07/2013 16:49

salida de emergencia

¿Cómo puedo reclamar o denunciar el bloqueo de salidas de emergencia en mi edificio?

8.370 lecturas | 9 respuestas

hola, queria saber si alguien me podia ayudar, estoy mirando la ley de vivienda y no encuentro el articulo:

en mi comunidad han tenido la genialidad de bloquear las salidas de emergencias del edificio con un sistema electronico que solo se abre con una tarjeta magnetica que posee cada propietario del parking, ya que las salidas de emergencias salen al paaking, lo que quiero decir esque si hay un incendio en el portal no podemos salir por ningun otro sitio porque a la comunidad se le ha ocurrido este sistema, como puedo reclamar o denunciar este hecho y a que articulo me acojo parapoder hacerlo?? muchas gracias

 
P
PelanasEC
23/07/2013 23:44

La normativa en vigor cuando se redactó el proyecto era la cpi-96 y la de la Comunidad o ayuntamiento de la época. Si no han sacado ninguna norma que obligue a actualizar los edificios "antiguos" en valencia, que será que no, esas son las que debería mirar.

Pero si el portal tiene salida directa a un lugar seguro, por lo que dice es que sí, creo que poco va a poder hacer.

 
arfegestion
arfegestion
23/07/2013 12:31

Buenas tardes, mira dentro de esta página 

http://www.ayto-valencia.es/twav/ordenanzas.nsf/vCategorias/6B0DA4B31DC7604DC1257A4E001EA1E7/$file/O_Obras%20y%20Actividades12.pdf?openElement&lang=1&nivel=4

8.4. RIESGO DE INCENDIO.
Las condiciones en materia de protección contra incendios exigibles a los
edificios o locales, vienen reguladas en las siguientes disposiciones:
- Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre por el que se aprueba el
Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales.
- Código Técnico de la Edificación: Documento Básico Seguridad en caso
de Incendios, (CTE–DB-SI).
- Ordenanza Municipal de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de
Valencia (OMPI).
- RD 1942/1993 del 5 de Noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.
En este apartado se justificará el cumplimiento de dicha normativa a nivel de
proyecto de ejecución.

Aunque es la normativa para un proyecto de Ejecucción, te servira, echalé un vistazo y si tienes alguna duda la comentamos.

Saludos

ARFE GESTIÓN
Gestión Integral de Comunidades y Alquileres.
Valencia
info@arfegestion.es 961 339 043
www.arfegestion.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
patitomiguelito
patitomiguelito
22/07/2013 13:43

Hola el edificio es del 2001 esta en alicante, Comunidad valenciana

 
arfegestion
arfegestion
22/07/2013 13:07

Buenas tardes,

De que año es el Edificio?

y en que Comunidad se encuentra?

Existe el Codigo Técnico de Edificación, pero para un edificio que se construyo antes de que este entrara en vigor están las Ordenanzas Municipales.

Saludos

ARFE GESTIÓN
Gestión Integral de Comunidades y Alquileres.
Valencia
info@arfegestion.es 961 339 043
www.arfegestion.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
patitomiguelito
patitomiguelito
22/07/2013 11:26

hola si es muy raro, voy a intentar explicarlo, la calle da directamente al garaje, quiere decir que para entrar al edificio (residencial en este caso) hay que subir escaleras o entrar por la calle de arriba para entrar en plano, pero mi portal tiene la salida justo a la piscina, entonces para salir del edificio hay que hacerlo a traves del terreno junto a la piscina y bajar un piso de escaleras para llegar a la calle, sin embargo si empiezas a bajar por las escaleras del edificio como si fuera una evacuacion, las escaleras te llevan hasta la planta baja que es el parking, abres dos puertas con barra antipanico y en la ultima que esta un piso por debajo de la entrada principal y que es la que da al garaje y posteriormente a la calle esa puerta es la que esta bloqueada por un dispositivo electronico, sin embargo la siguiente que da desde el garaje a la calle esta correctamente como todas las demas.

ese es el problema, si la vivienda que esta encima del portal del edificio sufriera un incendio y no se pudiera salir por el propio portal no tenemos otra salida,porque esta bloqueada, yo quisiera saber donde tengo que exponer el tema para saber si es legal y saber si en caso de desgracia nos quedamos atrapados.

me gustaria poneros fotos pero no se como se suben....sad

 
P
PelanasEC
20/07/2013 12:54

Eso es lo que me parece rarisimo, ¿no tiene el portal salida directa a la calle?

Lo que dices, evacuar el edificio a través del garaje, está hasta prohibido por el cte (habría que ver de cuando es tu edificio, si está cubierto el garaje). Lo que llamas salida de emergencia no puede considerarse como tal. Simplemente es la entrada al garaje.

 
patitomiguelito
patitomiguelito
20/07/2013 09:22

Muchas gracias lo haré, un saludo

 
patitomiguelito
patitomiguelito
20/07/2013 09:21

Hola es al revés, del portal al garaje esta bloqueada por eso no podemos salir a la calle en caso de siniestro

 
P
PelanasEC
19/07/2013 19:45

La salida de emergencia sera del garaje al portal no en sentido contrario. Eso es lo normal, vamos. Lo que cuentas es rarisimo. Para mi la cerradura esta bien puesta.

 

Fin del hilo
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