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xindo
12/08/2013 23:03

Se puede colocar un pivote en plaza garaje

¿Se necesita permiso de la comunidad para colocar un pivote en la plaza de garaje?

11.694 lecturas | 2 respuestas

Hola a todos/as:

  En un garaje  comunitario,  tengo una  plaza de garaje que hace esquina con el pasillo por donde pasan vehículos para otras plazas. 

  Al estar en la esquina tengo miedo que alguno sin mala intención me pueda rozar el coche,  y  pensaba poner un  pivote  en la esquina.

  Se puede  colocar  este  pivote  en la esquina de mi plaza de garaje ( Es decir en la esquina pero siempre dentro de mi plaza)

  Tengo hecho un croquis donde se puede ver mejor las plazas de garaje,  pero no se como se puede  adjuntar este archivo. Alguien me puede decir como adjuntarlo.

 Por favor:  Espero haber si alguien me puede informar sobre este tema.

Un saludo y muchas gracias.

 
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xindo
13/08/2013 22:53

  Tengo un croquis hecho del garaje,  donde se puede ver más detalladamente donde  quiero  poner el pivote.

  ¿Este foro  permite  adjuntar archivos?.  En coso positivo, alguien me puede decir como se hace.

   Un saludo

 
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Fixin
13/08/2013 09:59

A este respecto, la doctrina ha señalado que la colocación de barras o cadenas para cerrar el espacio privativo de las plazas de aparcamiento no afecta a la seguridad del edificio, estructura, configuración o estado exterior, dada la escasa entidad de la obra.

Así, si se ejecuta dentro del polígono perimetral del espacio privativo de las plazas de aparcamiento, es decir, sin invadir elementos comunes, si bien generalmente se usan elementos comunes interesados o incluidos en dicho espacio (clavar una barra o argolla en pilares, muros y pinchar pivote en el suelo), dada la poca entidad de la obra no excede de la facultad de simple uso de la cosa conforme a su destino, tal y como permite el artículo 394 CC (SAP Santa Cruz de Tenerife de 6 febrero 1996).

El problema estriba en cómo estén colocados los pivotes . De este modo, si los pivotes , cadenas o barras se sitúan muy cerca de las líneas divisorias de las plazas de aparcamiento, o en ellas mismas, es fácil que los usuarios del sótano, al maniobrar con sus vehículos, puede colisionar con ellos y sufrir los consiguientes daños. En este caso el propietario colindante podría exigirle al vecino daños y perjuicios y que retire tales elementos (SAP Córdoba de 26 noviembre 1997).

En conclusión, siendo así, no el propietario no necesitaría permiso de la comunidad para hacerlo, por lo que no tendría que solicitarlo en junta de propietarios.

 

Fin del hilo
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