Buenos días,
Su vecino al haber sido adjudicado de un trastero, debe haber recibido algún tipo de notificación del administrador concursal y habrá tenido que pasar por el notario para firmar la escritura de adjudicación de dicho trastero. Además, deberá estar inscrito en el registro de la propiedad.
Sí todo lo anterior se da (que nada indica que no sea asi) el vecino debe contribuir con los gastos según este recogido en los estatutos de la comunidad o se haya modificado posteriormente por unanimidad, desde el mismo día que tomo posesión del mismo, incluyendo las deudas que tuviera el anterior propietario.
Sobre que gastos exactamente, deben ir los estatutos de la comunidad, donde se recoge el reparto de gastos, aunque entiendo que si hay otros trasteros ya se debe estar haciendo un reparto de gastos entre ellos.
Esperamos haberle ayudado. Saludos,