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Luz22
31/10/2013 09:03

Patios de la comunidad

1.689 lecturas | 4 respuestas

En mi comunidad tenemos cuatro patios para tender. Tre de ellos los han tapado y han hecho sus cocinas, llevan así años, mi pregunta es: mi patio no está cerrado ¿ tengo derecho ha cerrarlo como los demás?la comunidad carece de Estatutos.

 
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catawin
03/11/2013 22:51

hola, desearía me fueran disipadas unas dudas que albergo en lo concerniente al caso que le comento a continuación.
Soy el propietario de un bajo que tiene como anexo un patio interior que está techado por la parte superior del edificio. Pues resulta que la mayoría de los inquilinos y escudandose en un tema de normativa del gas por la que hay que abrir una pequeña parte del tejado para ventilación, pretenden quitar el tejado entero para así solucionar un tema de malos olores que no saben ni de donde proceden, porque piensan que así se les solucionará.
El tema es que el tejado es un elemento común y con la normativa actual no se si es requerida una unanimidad de los propietarios para llevar a cabo la supresión del mismo.
Por otro lado en la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 11.3 "Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario requerirán en todo caso, el consentimiento expreso de éste".
Así que si al final no es requerida una unanimidad y ellos pueden decidir quitar el techo, ¿puedo alegar lo contenido en este artículo para que no se lleve a cabo la obra?. Lo digo porque obviamente si sacan el tejado me caerá toda la lluvia en cima. La verdad es que como tenía el patio como anexo tengo un montón de cosas en el (armario con ropa, cestas, tendal, bicicleta...). La verdad es que tampoco se lo que abarca el concepto de "INSERVIBLE alguna parte del edificio", ya que si me llueve encima aunque el patio este totalmente vacío, no podría ni siquiera estar en el.
Gracias, un saludo.
 

 
fincasmistral
fincasmistral
31/10/2013 10:58

Pensamos que se trata de consentimiento tácito por parte de la Comunidad. En principio cada vecino debe solicitar permiso a la junta y obtener 3/5 de los votos (Artículo 10.3 de la LPH) pero como parece ser que su solicitud sería similar  a las ya existentes no se podrían negar.

Le aconsejamos analice la siguiente jurisprudencia al respecto:

* Los cerramientos de terrazas consentidos por la comunidad durante largo tiempo impide a la  comunidad conseguir la demolición:

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 5
Nov. 2008, rec. 1971/2003

* Cerramiento de un balcón en la fachada del edificio verificado sin la preceptiva autorización de la comunidad de propietarios. La nueva situación fue tolerada por la comunidad durante 8 años y, por consiguiente, tácitamente consentida 

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 23 Oct. 2008, rec. 1332/2003 

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 26 Nov. 2010, rec. 2401/2005 

 

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Luz22
31/10/2013 10:27

Los patios jamás fueron aprobados, no existen actas , sólo desde el 2007, y los patios llevan 20 años hechos. Tengo derecho a cerrarlo como los de mas? O se pueden hacer los estatutos y poner que no se pueden cerrar los patios y obligaría a los otros a cerrarlos, en realidad me interesa cerrarlo, porque al ser el único que esta sin cerrar, todo lo que concierne a la comunidad me compete a mi, abriendo mi casa para que pasen a limpiar el pozo, si hay que pintar fachadas a mi me toca que pongan los andamios o escaleras, tengo que limpiar la raqueta del pozo para que no se atasque... Y así así así, todo

 
ADASgestion
ADASgestion
31/10/2013 10:21

si no hay estatutos y el cerramiento de los otros están aprobados, no tendrá problema para hacerlo usted también, 

Deberá comunicar que quiere cerrar al Presidente y/o Administrador

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