Buenos días:
Necesito saber hasta qué punto tiene obligación o no, un nuevo propietario de abonar las costas de un pleito que se ha resuelto y que hay que abonar, justo después de adquirir la vivienda.
El caso es que hace varios años, la Junta de Propietarios, acordó por mayoría, contratar un abogado para defenderse contra la demanda de otra comunidad.
Mientras tanto, una de las viviendas de nuestra comunidad cambió de propietario, coincidiendo que cuando se ha resuelto el juicio y ha habido que pagar una serie de gastos por el pleito, había otro propietario distinto al que aprobó iniciar la demanda.
Estando ya el nuevo vecino, se celebró una Junta de Propietarios y se aprobó que había que hacer un pago extra para poder liquidar los gastos ocasionados. Pasado un tiempo, como este vecino no había pagado, el administrador le exigió verbalmente el pago de esta deuda y el vecino en cuestión se niega a pagarla porque él argumenta que no estaba cuando se aprobó iniciar este pleito.
Necesito saber si legalmente está obligado o no ha pagarlo y cómo se debe exigir el pago.
Muchas gracias,