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KirstenL
16/12/2013 00:57

Tablón de anuncios

¿Se puede publicar una lista de comuneros con las cuotas pagadas?

5.162 lecturas | 18 respuestas

Hola a todos.

Sé que la lista de los morosos solo se puede colocar en el tablón si resulta imposible contactar con ellos. Pero ahora nuestro presidente tiene la intención de colocar en el tablón una lista con todos los comuneros con indicación de las cuotas que han pagado durante el año en curso. Él opina que con eso queda anulado la prohibición de hacer pública la lista de los morosos.  Yo opino que no requiere muchos conocimientos de matemáticas para saber quiénes son los morosos, y así estamos en las mismas: que no se puede publicar los nombres así como así.

¿Quién de nosotros tiene razón?

Gracias.

 
ADASgestion
ADASgestion
17/12/2013 18:30
si eres la administradora porque no has hecho la consulta al colegio? cada dia nos llevamos una sorpresa
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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K
KirstenL
17/12/2013 17:33

PEPE123 dijo:

KirstenL dijo:

A mi me parece que nadie me ha contestado lo que era mi pregunta: Si se puede poner en el tablón la lista de los comuneros que han pagado, SIN que sea junto con una convocatoria ni otro cosa. Si se puede poner semejante lista sin más ni mas, es decir sin condiciones ni circunstancias especiales.

 

NO, así de rotundo. ¿Qué argumento justifica que se ponga la lista de los que han pagado, así, sin más ni más?

El tablón de anuncios es una vieja reminiscencia del pasado, que habría que desterrar de una vez por todas.

Como ha dicho ADASgestion, el tablón se utiliza para comunicar algo que ha sido imposible por otras vías, y en ese caso sí se puede (o se debe) hacer con nombre y apellidos, pero con mucho cuidado de que esté plenamente justificado, si no se quiere tener problemas por incumplimiento de la LOPD.

 

 

Gracias por tu respuesta tan clara. Yo me suponía lo mismo.

 
K
KirstenL
17/12/2013 17:31

La anterior respuesta fue para EDING.

 
K
KirstenL
17/12/2013 17:31

Que incordio eres. De verdad, a veces me deja sombrada la falta de cortesía y luces de algunos foreros. Para tu información: soy la administradora.

 
P
PEPE123
17/12/2013 16:55

KirstenL dijo:

A mi me parece que nadie me ha contestado lo que era mi pregunta: Si se puede poner en el tablón la lista de los comuneros que han pagado, SIN que sea junto con una convocatoria ni otro cosa. Si se puede poner semejante lista sin más ni mas, es decir sin condiciones ni circunstancias especiales.

 

NO, así de rotundo. ¿Qué argumento justifica que se ponga la lista de los que han pagado, así, sin más ni más?

El tablón de anuncios es una vieja reminiscencia del pasado, que habría que desterrar de una vez por todas.

Como ha dicho ADASgestion, el tablón se utiliza para comunicar algo que ha sido imposible por otras vías, y en ese caso sí se puede (o se debe) hacer con nombre y apellidos, pero con mucho cuidado de que esté plenamente justificado, si no se quiere tener problemas por incumplimiento de la LOPD.

 

 
elenasf
elenasf
16/12/2013 16:34

ADA, nos estamos refiriendo la la Ley orgánica no la la L.P.H

 
ADASgestion
ADASgestion
16/12/2013 15:22

como mucho podrían poner la vivienda y lo pagado no los nombres

Pero no creo que surta mucho efecto a los morosos

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KirstenL
16/12/2013 15:17

A mi me parece que nadie me ha contestado lo que era mi pregunta: Si se puede poner en el tablón la lista de los comuneros que han pagado, SIN que sea junto con una convocatoria ni otro cosa. Si se puede poner semejante lista sin más ni mas, es decir sin condiciones ni circunstancias especiales.

 
ADASgestion
ADASgestion
16/12/2013 15:07

me reitero que si no se ha podido contactar con el deudor por ningun medio y se puede justificar, si se puede poner en el tablon

En virtud de la aplicación de los artículos 11.2 a) de la Ley sobre Propiedad Horizontal y 9.1.h) de la LOPD, sólo puede ser publicada la lista de los vecinos morosos en el tablón cuando no haya podido ser notificada a alguno de los propietarios en su domicilio a efecto de notificaciones. El único objetivo que debe perseguirse al poner la lista en el tablón es informar a los propietarios deudores que se hallan en tal situación, y no poner en conocimiento de terceros tal hecho.

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elenasf
elenasf
16/12/2013 14:27

Perdona!!!!, en una convocatoria no se pone nombre de moroso solo la vivienda...

 
ADASgestion
ADASgestion
16/12/2013 14:08

si no ha habido forma de notificar la convocatoria de acta, se podra poner la convocatoria en el tablon, y en la convocatoria aparecen los morosos.

La finalidad de colgar la lista en el tablón es informar a los propietarios deudores que se hallan en tal situación, y no poner en conocimiento de terceros tal hecho, aunque ello sea una consecuencia inevitable. Por ello, se ha de intentar por otros medios notificar personalmente a los afectados, quedando la publicacion en el tablón de anuncios como última posibilidad.

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elenasf
elenasf
16/12/2013 13:49

ADASgestion dijo:

si puede poner nombre cuando no se ha podido contactar con el de ninguna forma  

 

ADA.... NO SE PUEDE poner bajo ningún concepto el Nombre del moroso, solo la finca y poniendo claramente que no se ha podido notificar por otra vía

 
ADASgestion
ADASgestion
16/12/2013 11:54
si puede poner nombre cuando no se ha podido contactar con el de ninguna forma
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B
buzomadrid
16/12/2013 10:47

El nombre del moroso no lo puede poner en ningún sitio visible para terceros, (LEY DE PROTECCION DE DATOS) pero si puede poner el inmueble moroso. Nunca el nombre del propietario.

Si esta situada esa lista en el tablón de anuncios y éste protegido con llave (PARA MAS SEGURIDAD), mejor.

 
K
KirstenL
16/12/2013 09:53

Si ponems una lista de cada comunero indicando cantidad ha pagado en lo que va de año, se puede ver - indirectamente - quiénes son los morosos.....

 

 
ADASgestion
ADASgestion
16/12/2013 09:50

para que quieren colocar una lista de los que pagan, estaria fuera de lo que recoge la LPD

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K
KirstenL
16/12/2013 09:43

Si, ya lo sabemos. La pregunta es si se puede eludir ese párrafo en la ley colocando una lista de los que han pagado en vez de los que deben.

 
ADASgestion
ADASgestion
16/12/2013 09:38

La lista de morosos de una comunidad de vecinos puede ponerse en el tablón de anuncios (el cual debe poder cerrarse con llave que custodiarán el Presidente y/o Administrador de la finca, o persona designada al efecto, exclusivamente), aunque a éste puedan acceder terceras personas, en el caso de que la notificación al interesado sea imposible, siendo, por tanto, obligatorio poder acreditar los intentos de notificación previos al deudor de manera que haya constancia de que no existe otra opción.

 

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