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1969rafa69
1969rafa69
03/01/2014 16:40

cancelar contrato limpieza

¿Cómo se cancela legalmente la empresa y el personal de limpieza de la comunidad?

62.375 lecturas | 25 respuestas

Bueno, estoy leyendo el foro y veo que el tema es variado en sus distintos aspectos.
Mi caso es el siguiente: en muchas de las reuniones de la junta que hemos tenido, se ha hablado sobre la limpieza, básicamente tenemos queja sobre lo mal que la hacen.
Este año en el que he estado de presidente (a punto de terminar) he estudiado a fondo el modo en que trabajan las 2-3 personas que vienen. He comprobado (podré si os interesa contaros detalles) que no hacen bien su trabajo, que me han mentido y estoy seguro de que algunos de los trabajos contratados no se hacen con la frecuencia que dicen.
Por ello he solicitado presupuesto a otra empresa. Resulta que es muy ventajoso para la comunidad pues mejoran en los servicios que ofrecen y lo hacen de manera más económica.
Cuando comunico a mi administrador (al que también pedí que nos aportara algún presupuesto y no lo hizo) que queremos hacer el cambio de empresa, empieza a plantearme inconvenientes, a saber:
-dice que tenemos que avisar con un mes de antelación (como os digo, desde septiembre está avisado de que en enero queremos cambiar). Acepto pues es lógico un preaviso con el tiempo establecido legalmente.
-dice que una limpieza de garaje que la empresa nos hace a final de año, no se puede cancelar (los pagos de esa limpieza se realizan tras hacer la limpieza, no es un solo pago anual, no se si me explico) y tenemos que hacer esa limpieza.
-ahora que ya tiene firmada la baja con la anterior empresa de limpieza y le paso firmado el presupuesto para empezar a trabajar con la nueva, responde inmediatamente a mi correo con otro de esta empresa como si lo tuviera guardado esperando el momento, en el que dice que la empresa pide la subrogación de los trabajadores a la nueva empresa. Que digo yo, que lo que no estoy conforme es en cómo me hacen esos trabajadores esa limpieza (además del tema económico), porqué tengo que seguir teniendo a esos trabajadores en mi comunidad. Pues me dice que no se puede hacer nada, que si quiero contratar a otra empresa debe ser con esos trabajadores de la anterior (tema de convenio). A mi pregunta de qué puedo hacer para que eso no sea así me dice que nada…
-ah, le pedí el contrato que tiene la comunidad con la empresa de limpieza y me dice que no lo tiene (es administrador nuevo este año, pues el anterior dejaba de trabajar y nos lo presentó y le aceptamos) le comenté que la custodia de documentos había fallado en la anterior administración o en la actual y que solicitara el contrato a la empresa, que sí debía tenerlo, y lo que me remite es la hoja con los servicios que realiza y la frecuencia de los mismos, pero nada de contrato.

En resumen, es legal que se preavise, será legal por convenio el tema de la subrogación de trabajadores entre empresas de limpieza , será legal el contrato que no aparece por ningún lado pues este servicio se hace y se paga y está reflejado en las cuentas…y aquí está la pregunta:
¿que tengo qué hacer legalmente para que ni esta empresa ni su personal de limpieza trabajen en mi comunidad?.
Desde mi punto de vista es una pregunta tonta, pero mi administrador responde que no puedo hacer nada.
Gracias a los que os hayáis quedado leyendo hasta el final, pero he intentado detallaros la historia lo mejor y más breve que he podido.

 
C
comunidadtorresol
25/04/2020 14:12
Hola
Los contratos se hacen de año en año y en todos existe un pre aviso de cancelación de contrato.
Si la Junta decide cambiar se preavisa en plazo y ya está.

El administrador y este tema no se por que se reitera siempre

Administra y nada más :
Las decisiones la toman los propietarios y estos deciden en todo dentro de la Junta ordinaria o si es necesario extraordinaria.

Aconsejo y lo digo por todos los que nos leen que en la Juntas ordinaria anual que celebreis intentar dejar cerrados los temas y plazos y poderes que deis a la Junta para evitarlos problemas de contratos etc.

La limpieza siempre es un problema en todas las comunidades.

Por que no le ponéis ejemplo hoja de entrada y salida que indique horarios.

El contrato Sr. Presidente si no tiene el Administrador se lo pide a la Empresa y se lo debe facilitar.

Saludos
 
C
comunidadtorresol
25/04/2020 14:12
Hola
Los contratos se hacen de año en año y en todos existe un pre aviso de cancelación de contrato.
Si la Junta decide cambiar se preavisa en plazo y ya está.

El administrador y este tema no se por que se reitera siempre

Administra y nada más :
Las decisiones la toman los propietarios y estos deciden en todo dentro de la Junta ordinaria o si es necesario extraordinaria.

Aconsejo y lo digo por todos los que nos leen que en la Juntas ordinaria anual que celebreis intentar dejar cerrados los temas y plazos y poderes que deis a la Junta para evitarlos problemas de contratos etc.

La limpieza siempre es un problema en todas las comunidades.

Por que no le ponéis ejemplo hoja de entrada y salida que indique horarios.

El contrato Sr. Presidente si no tiene el Administrador se lo pide a la Empresa y se lo debe facilitar.

Saludos
 
carolinevega
carolinevega
24/04/2020 14:50

Y usted dentro de la comunidad que cargo tiene?

 
A
anvidi
24/04/2020 11:46

Hola,

A ver si alguien me puede ayudar.

Estamos intentando despedir a la empresa de limpieza, ya que los propietarios no estan satisfechos

con los servicios que nos prestan. Hay dias en los que nisiquiera se presentan a trabajar. Y en cuanto a la limpieza deja mucho que desear. Incluso no estan el tiempo estipulado, llegando a querdarse escondidas en el cuarto de limpieza o incluso en el coche. Por no decir que muchos de ellos trabajan con una sola mano. Con la otra sostienen el movil.

En fin, el caso es que le estoy mandando burofax y me los devuelven por desconocido. No contesta al telefono. Soy consciente de la situacion del momento por el Covid 19.

Pero ahora, ¿como tengo que hacer?.

¿Podre despedirles despues del confinamiento?

Agradeceria algo de orientacion,

Gracias.

 
Y
yomisma52
02/02/2019 11:26
Me parece muy injusta está situación.
Aquí la frase: " el que paga tiene la razón"".
Aquí el cliente, tiene que joderse. A las empresas no interesa subrogar.
Cómo existe una ley que me obliga a pagar un servicio que no quiero ni estamos conforme.
Habrá algo que se pueda hacer!
 
1969rafa69
1969rafa69
21/01/2019 12:52

Hola. Una pena lo nuestro….

En mi caso, comunidad vivienda y comunidad garaje mantenidas en limpieza con la misma empresa, pude cambiar el garaje y contraté a un autónomo.  Esto fue legalmente posible porque había que estar un año sin tener otro contrato, fue sencillo en el garaje.

En las viviendas sigo con la misma empresa, sin poder cambiar, porque los trabajadores pasaban subrogado a la nueva empresa que realizará la limpieza. El autónomo lógicamente no lo asumió.

Saludos
 

 
carolinevega
carolinevega
20/01/2019 15:54

pues en ningún sitio

lo que tienen que hacer es echarle y ya está, muerto el perro se acabó la rabia

 
Y
yomisma52
20/01/2019 10:00

Quiero saber dónde se puede plantear quejas del administradores, ¿Sí se puede denunciar?

Que aparte de cobrar a los vecinos por los servicios prestado,, no realiza bien el trabajo. ¿como se trámita estas denuncias?? 

Saludos.

 
Y
yomisma52
20/01/2019 09:53

Hola.

Es bueno saber que  hay más personas en esta situación.. Yo llevo la comunidad de mí edificio y estoy en la misma situación.

Nosotros los vecinos no podemos elegir contratar un servicio y restrigir de el, cuando queramos.  Si no me gusta el servicio que presta.

 

 
Y
yomisma52
20/01/2019 09:48

Buenos días:

 Sé puede contratar a una autonomo, para la realización de limpieza en una comunidad??

 
1969rafa69
1969rafa69
29/03/2014 12:44

Fuster, agradezco la oferta y el contacto que ofreces, pero es muy importante saber antes cual es tu ciudad de residencia. El puesto es en una poblacion cercana a logroño.

A todos los que siguen este hilo, creo que he encontrado una salida a mi particular situación y que voy a estudiar su desarrollo.

Os recuerdo que había pedido reiteradamente a administrador y empresa el contrato que nos vincula a la comunidad con la empresa de limpieza y que no me han facilitado pues no creo que se haya firmado nunca. Pues bien, he leído lo siguiente: (copio y pego)

 

RESOLUCIÓN DE 8 DE MAYO DE 2013, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO, POR LA QUE SE REGISTRA Y PUBLICA EL I CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES (BOE DEL 23)

CAPÍTULO IV Subrogación del personal

Artículo 17. Subrogación del personal.

4. No operará la subrogación en el caso de un contratista que realice la primera limpieza y que no haya suscrito contrato de mantenimiento.

 

Este creo que es mi caso, aunque necesitaría aclarar lo de primera limpieza. Desde que nos hacen limpieza, siempre hemos tenido al mismo personal que ha ido cambiando de empresa. Es decir la primera empresa que nos limpió la comunidad no firmó contrato alguno con nosotros, según parece, y la ultima que está con nosotros tampoco.

Seguiré observando el tema...

Saludos.

 
ADASgestion
ADASgestion
08/01/2014 12:51

si la empresa ha cambiado de nombre, deberia haber informado por escrito al administrado, en otro caso el administrador no debe pagar a alguien que no tiene contrato

tendran que negociar con la empresa que tienen, les tendran que demostrar por seguros sociales, como el personal paso de una empresa a otra, dadas la irregularidades 

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
1969rafa69
1969rafa69
08/01/2014 11:00

Sí, esta nueva administración no acusa al anterior administrador de que no le pasase esa documentación, sólo dice que ellos no tienen el contrato. En ese momento les digo que se lo pidan a la agencia de limpieza y la agencia de limpieza no manda el contrato sino la hoja informativa con los servicios y frecuencia de realización.

El administrador ha tramitado la baja firmada por el presidente y la empresa ha respondido detallando el personal y las horas que hacen para la comunidad

Dos datos:

1º.- esta agencia de limpieza me manda la antigüedad de los 3 trabajadores, a saber: Junio 2005 , agosto 2006 y marzo 2010.

2º.- Por lo que veo en los pagos bancarios, la empresa cambia su nombre desde que trabaja para nosotros en dos ocasiones: septiembre de 2006 y  en febrero de 2013 (con el actual nombre).

 

Saludos y gracias, por cierto no estoy en madrid pero gracias a pazgrardo por la recomendación.

 

 
ADASgestion
ADASgestion
08/01/2014 10:24
ya que tienen nuevo adm. puede que el anterior no entregase toda la documentacion
han intentado hablar con la enpresa de lumpieza negociando precios. servicios...
que solucion les da su nuevo administrador?
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1969rafa69
1969rafa69
04/01/2014 00:49

Una pregunta más:

Debo insistir en el tema del contrato que no me entregan.

El administrador debe tener la custodia de esta documentación?Teniendo en cuenta que ha sido una comunidad heredada de otro administrador, como saber a quien responsabilizar?

¿como se tramitan estas denuncias?¿en el colegio de administradores de fincas?

Saludos, gracias

 
1969rafa69
1969rafa69
04/01/2014 00:21

Veo que hay otro camino, aunque necesito una aclaración, luego la pido, ahora copio y pego:

"lo que suelen hacer las comunidades, en este caso, para evitar la subrogación, es pedir el cambio de personal de limpieza a la empresa de limpieza unos tres meses antes ,por el motivo que sea, y después rescindir a la contrata (normalmente en los contratos de este tipo de arrendamiento de servicios con la empresa tienen un plazo de un mes para desistir antes de la renovación)."

Duda: no entiendo lo que quiere decir el texto que está entre parentesis, creo que ya estoy algo empanado y debería irme a descansar. ¿quien tiene plazo de un mes para desistir?¿que significa desistir en este contexto?.

Gracias.

 
1969rafa69
1969rafa69
03/01/2014 23:37

Si claro, pero desde luego es por lo que leo la mejor, si no la única, manera de romper definitivamente con empresa y trabajador y seguir con la casa limpia...

Por cierto, lo que he escrito se refiere al Convenio de Empresas de Limpieza de Edificios y Locales, quedando algún fleco por aclarar relativo a cada comunidad autónoma, creo.

 
ADASgestion
ADASgestion
03/01/2014 23:25

Una cosa es contratar a un autónomo y otra a otra empresa

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1969rafa69
1969rafa69
03/01/2014 23:22

Copio y pego lo que acabo de leer:

"La Comunidad de Propietarios rescinde el contrato con una empresa y sustituye este servicio contratando un trabajador autónomo, esto según el Tribunal, no supone una sucesión en la contrata ni obliga a la Comunidad de Vecinos a subrogarse o contratar a los trabajadores o al trabajador  que tiene la contrata, ya que las Comunidades de Propietarios no  son empresas de limpiezas y, por tanto, no las obliga el Convenio de Empresas de Limpieza de Edificios y Locales.

Pero si la Comunidad rescinde el contrato con la empresa de limpiezas y desea contratar de inmediato con otra empresa, la nueva empresa está obligada a quedarse con el personal que estaba trabajando en la Comunidad. Para que esto no suceda  habria que esperar seis meses y solucionar el servicio de otra forma. A los seis meses de la baja ya se podría contratar  sin necesidad de subrogarse en el empleado de la otra empresa."

Seguiré informandome y contando lo que leo...

 
ADASgestion
ADASgestion
03/01/2014 23:06

yo le entiendo pero 

la comunidad es un centro de trabajo

la denominada sucesión de contratas. Se refiere a ello el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 1/1995

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a44

implica que la relación laboral del trabajador no se extingue, sino que el nuevo empresario tiene el deber de "subrogar a los trabajadores", es decir, asumir los derechos y obligaciones laborales de la anterior empresa

Ojala alguien me pueda demostrar mediante normativa vigente que estoy confundida, me resolvería algun que otro problemilla.

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1969rafa69
1969rafa69
03/01/2014 22:42

No, si no trato de saltarme el hecho de que esta empresa trabaja para mí. Lo que intento saber es de qué manera, si no hay un contrato con clausulas etc, etc...puedo evitar esto que se me impone. No es que solo quiera romper con la empresa que cobra mas por los servicios que ofrece, es que quiero romper con los empleados que ejecutan mal esos servicios.

Sabemos los trabajos que tienen que hacer y su frecuencia por la copia del presupuesto que nos entregó el administrador.

Y sí nos afecta la surrogacion de los trabajadores ademas de por el descontento con su modo de trabajar y es que la nueva empresa nos presupuestó con sus propios trabajadores.

Estoy hablando de un ahorro anual de 1300€ (que si consigo unirlo a otros dos servicios de ascensor y seguro que contraté sumarían mas de 4000€).

 
ADASgestion
ADASgestion
03/01/2014 21:07

Aunque no haya contrato la Empresa podrá demostrar que esat contratado con ustedes ya que habrá pagos mensuales, ....

ahora en el caso de no haber contrato como saben Vds. cuando y como limpian y  cada elemento común?

A la comunidad no le afecta que el personal pase de una empresa a otra, pero la empresa entrante, asume antigüedad, salarios.... del personal, y esto para ellos es un peligro, imagínese que asume dos operarios con una antigüedad de 8 años, por poner un ejemplo , a los dos ve que son tan malos que los tiene que despedir, pues su indemnización no es de dos meses sino de 8 años. 

Este es el mayor problema que tenemos por lo general para pode cambiar de empresa.

 

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1969rafa69
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03/01/2014 18:23

Bien. Es por eso que solicité la copia del contrato, que ni administrador ni empresa han entregado. Por este motivo pienso que no hay contrato que vincule mas que lo que he mencionado: el pago a la empresa via banco.

Ante la cuestion de tener que admitir la nueva empresa a los subrrogados, ¿como me afecta a mí como comunidad si decido no contratar empresa alguna para la limpieza y resulta que con el tiempo nos damos cuenta de que todo está sucio y necesitamos limpiarlo...?

 
ADASgestion
ADASgestion
03/01/2014 17:37
lo primero antes de rescindir un contrato hay que ver las clausulas a veces aparecen algunas, que pudieran entenderse como abusivas, fuera de logico....,
por ley la empresa entrante tiene que admitir al personal de la saliente.
por otra parte la actuacion de su administrador, si es como indica no en un buen gestor
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J
jcgorina
03/01/2014 17:25

En mi comunidad ocurre lo mismo, queremos cambiar de empresa pero no podemos por el tema de subrogación, nos quejamos a nuestro administrador, por no tener en cuenta este tema cuando se firmo el contrato, y le hemos amenazado que si no podemos cambiar de empresa de limpieza si cambiaremos de administrador, entendemos que nos mal administró, nos dijo que hablará con la empresa e intentará hacerles cambiar de opinión, pues parece ser que él les da muchas escaleras comunitarias y si pierde una comunidad no les dará mas escaleras, ya veis POLÍTICA, COMISIONES ILEGALES, MAFIA....

por otro lado cuando el PP se entere del tema de subrogación, lo arregla en un par de viernes.

 

saludos y suerte.

 

Fin del hilo
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