Estimado Sr.
La comunidad de propietarios es un ente sin personalidad jurídica, esto es, que no puede tener bienes a su nombre, en todo caso la propiedad que comenta, será un bien en copropiedad de todos y cada uno de los integrantes de dicha comunidad.
en mi caso tengo clientes en mimdespacho que tienen anejos que pertenecen a la Comunidad y si va a consultar la nota simple del registro, aparecen como propietarios en 1/xxxx parte , cada uno de los propietarios del resto de inmubles de los que consta el inmueble, por tanto, la parte que corresponde a este bien se carga proporcionalmente a la participación de cada uno de los integrantes de la comunidad, dado que en la aportaciòn correspondiente a este inmueble resulta 0,0000 %
En cualquier caso, tenganos informados de como se desarrollan los acontecimientos.
Saludos