¿Es legal el/los votos de un propietario que se persona en la Junta, se acredita así como a sus 10 representados ( con las correspondientes papeletas al efecto) y abandone inmediatamente la Junta señalando justo antes de irse el sentido de su voto/s, (con el de sus 10 representados) ANTES de comenzar a tratarse los asuntos de Orden del día de dicha Junta y efectuarse cualquier votación? Gracias.
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pues no
hay que ir que llevar el orden del dia y votar segun se van tratando los asuntos,
Con aprobación de los asistentes, se podría alterar el orden por una razón de peso
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