Antes de nada darle las gracias por contestar.
A ver si he entendido bien, una persona que no paga la comunidad desde hace ya más de un año,
Puede coger cualquier cargo dentro de la comunidad, pero no puede votar.
Que clase de presidente, secretario etc. Son estos dando el ejemplo quedan a los demás, como van a tomar medidas sobre otros vecinos que estén en las mismas circunstancias, cuando ni ellos mismo cumplen con sus obligaciones.
quieres decir que el año que les toque el cargo, los demás vecinos estamos sentenciados por ley a pagarles todos los gastos que requiere la comunidad
Incluido el agua como es el caso, alcantarillado, depuración etc.
Cita. En cuanto a las cuentas anuales, no se pueden impugnar, lo que se impugna son los acuerdos, no los puntos del orden del día.
No lo entiendo, ¿debemos dejar que se apruebe y luego impugnar la aprobación?
Con referencia a la información bancaria está obligado a enviarla a los vecinos como era costumbre en esta comunidad.
O es que después de morosos pueden cambiar las costumbres
A ver si me pudiese guiar de cómo actuar ya que estoy perdido en todo esto.
Gracias de nuevo Pepe