Buenos días Marilo:
Por su puesto que debes indicárselo al Administrador y al Presidente de la Comunidad con objeto de que avisen al propietario que está generando la molestia y haga pasar al perro al interior de la vivienda sobre todo por la noche..
Si eres de Madrid te recuerdo algunos de los puntos sobre la ordenanza de la tenencia de animales domésticos:
Art. 4
3. El propietario o tenedor de un animal adoptará las medidas necesarias para evitar que la posesión,
tenencia o circulación del mismo pueda infundir temor, suponer peligro o amenaza, u ocasionar molestias a
las personas.
Art. 6
1. El propietario o tenedor de un animal será responsable de los daños, perjuicios y molestias que ocasione a
las personas, bienes y al medio en general.
Art. 11
5. Se prohibe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios, debiendo pasar en cualquier caso
la noche en el interior de la vivienda.
Si quiere ver toda la ordenanza la puedes ver en la siguiente página: http://www.adminfergal.es/files/0203.1386782240.DQST7611ICAA5806OONM9378LRPV3020.pdf
Un cordial saludo.
Miguel