Buenos días.
Si solo es por ese concepto y no afecta para nada a la convocatoria en el resto de los términos y en el orden del día, mi recomendación es que en la propia reunión indique el error tipográfico y en el acta indique la subsanación del error.
Determinar si la Junta es ordinaria o extraordinaria es un requisito exigible, pero también hay que entender que, si del contenido de la misma, así como de la propia convocatoria, el tema está claro, no se puede concluir que este incumplimiento formal, de escasa trascendencia, lleve consigo la nulidad que, por otra parte, nunca determina la Ley.
Un cordial saludo.
Miguel.