Buenas.
Muchas veces he leído que un acuerdo unánime si no se eleva a público ni se inscribe registralmente, no vincula a terceros.
Mi caso es.
Soy nueva propietaria, (3 años), existe un acuerdo por unanimidad respecto a la instalación de un ascensor, yo compro el piso con el ascensor ya montado, hace como unos trece años, los gastos tanto en su día como posterior, son a partes iguales, preguntado al administrador y abogada, me informa que se tomó por unanimidad. Ahora me entra la duda de si yo estoy obligada a asumir esto. En el registro no está anotado esta circunstancia.
Todo se abona por cuota, excepto el ascensor, en virtud de este acuerdo, anteriormente la finca no disponía de elevador y es abonado todo por los vecinos, a iguales partes, los locales no participan, y cada vecino las cuotas de participación, son muy dispares. ¿Me estará mintiendo esta abogada administradora ? Decir que en aquel entonces no se disponía de administrador profesional, está Señora abogada la contrataron a posterior.
Muchas gracias.