Buenas,
En la comunidad se aprobó por mayoría simple la supresión de barreras arquitectónicas, así como el método de pago de la derrama a partes iguales entre todos los vecinos (cambiar la manera de pago no figuraba en el orden del día de la convocatoria).
Desde siempre todo se ha calculado sobre la cuota de participación de cada vecino, pero de repente deciden sin más que esta derrama se pagará por partes iguales. En los estatutos figura que se debe pagar según coeficiente, así lo interpreto también de la ley propiedad y código civil catalán. Además en los estatutos consta que para cambiar cualquier acuerdo establecido en ellos como la participación en derramas por coeficiente, se debería aprobar por unanimidad.
Esto hace que muchos vecinos se ahorren más de 300€ y que tres pisos debamos pagar más de 2000€ de lo que nos supondría nuestra cuota según coeficiente. Además de que somos tres pisos de arriba que no nos llega el ascensor somos los que salimos más perjudicados en el pago.
Hasta qué punto es legal este acuerdo? Si impugnamos el acta alegando que debe pagarse por coeficiente tenemos un año al ser acuerdo contrario a la ley? Esto paralizaría las obras o en caso de no estar empezadas se podrían detener? Gracias.