Una vecina ha ocupado un elemento común (patio-cubierta), sin autorización de la comunidad, instalando en la misma jaulas con cobayas (que a veces están sueltas), macetas, etc. y teniendo el lugar para jugar sus hijos, el perro de raza peligrosa que tiene, etc. Esto me ocasiona importantes molestias, dado que la pared sobre la que juegan a la pelota, es la de la cabecera de mi cama, el perro arrastra objetos y ladra a cualquier hora, etc.
El presidente le ha enviado escrito de cesación al que no sólo no ha hecho caso, sino que ha incrementado la actividad en el lugar.
Ahora se debe aprobar en junta, ya convocada, el efectuar la correspondiente denuncia.
Mi duda es la siguiente: ¿Si para aprobar la utilización del espacio por esa vecina haría falta unanimidad en la junta, qué porcentaje se requiere para autorizar al presidente a que emprenda acciones judiciales?
Gracias por anticipados a todos aquellos que participen.