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H
HAROLDO
20/09/2014 13:37

% para denuncia por ocupación indebida elemento común

¿Qué porcentaje se requiere para autorizar al presidente a emprender acciones judiciales contra una vecina que ha ocupado un elemento común sin autorización?

1.664 lecturas | 3 respuestas

Una vecina ha ocupado un elemento común (patio-cubierta), sin autorización de la comunidad, instalando en la misma jaulas con cobayas (que a veces están sueltas), macetas, etc. y teniendo el lugar para jugar sus hijos, el perro de raza peligrosa que tiene, etc. Esto me ocasiona importantes molestias, dado que la pared sobre la que juegan a la pelota, es la de la cabecera de mi cama, el perro arrastra objetos y ladra a cualquier hora, etc.

El presidente le ha enviado escrito de cesación al que no sólo no ha hecho caso, sino que ha incrementado la actividad en el lugar.

Ahora se debe aprobar en junta, ya convocada,  el efectuar la correspondiente denuncia.

Mi duda es la siguiente: ¿Si para aprobar la utilización del espacio por esa vecina haría falta unanimidad en la junta, qué porcentaje se requiere para autorizar al presidente a que emprenda acciones judiciales?

Gracias por anticipados a todos aquellos que participen.

 
H
HAROLDO
22/09/2014 20:47

Pasacero:

Me parece una respuesta frívola y no fundamentada, dado que con un único voto la ocupación es ilegal, y no puedo creer que no existan fórmulas para desalojar a esta "okupa" que, además, causa graves molestias.

 
H
HAROLDO
21/09/2014 10:48

¿Y si no se alcanza esa mayoría, porque a muchos vecinos no les afecta, y no quieren líos?

 
J
JUANKARLOSSS
21/09/2014 09:03

tu abogado te informará de todos los detalles cuando lo contratéis, previa a probación en Junta General por mayoría simple de los propietarios o de los asistentes en segunda convocatoria de realizar la denuncia

 

Fin del hilo
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