Hola.
Os comento mi caso, primero deciros que soy la presidenta de la comunidad de vecinos donde vivo que es de reciente creación y somos 170 vecinos.
La semana pasada, el administrador me mando un mail, diciéndome que me mandaba dos contratos para el mantenimiento de los telefonillos y TV de la comunidad, que el creía que el mejor era el A, y que tenia que mandárselo firmado como tarde al día siguiente por la mañana,
Yo desconocía que fuera obligatorio dicho contrato y le escribí con dos preguntas ¿es obligatorio tener dicho mantenimiento? ¿puedo firmarlo si no se ha aprobado en junta?
Su respuesta era que no molestara y que lo firmara, que no le impidieran hacer su trabajo, (decir que hemos intentado echarle, pero tiene muchos amigos y otros que pasan de ir a las juntas)
Al día siguiente me mandó otro presupuesto a eso de las 10h y me dijo que eligiera uno de los 3 y se lo mandara firmado antes de las 14h, me comentó que en la junta ordinaria se había aprobado un presupuesto donde uno de los apartados era ese mantenimiento, pero nunca se hablo más de eso.
Yo aun no he firmado nada, pos que sigo sin tener respuesta a mis dudas, y quisiera saber si podrías asesorarme.
¿Es obligatorio que la comunidad tenga mantenimiento de telefonillos y TV?
¿Puedo firmar un contrato, si que se haya aprobado en junta, ni la empresa, ni el contrato, ni me han dado autorización para elegir empresa de dicho mantenimiento? ¿Puedo indicarle al administrador algún apartado de la LPH u otra ley donde indique que yo no puedo firmar nada que no se haya aprobado en junta?