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C
Chase
10/10/2014 08:50

Cálculo del Gasto Ordinario trimestral, para ver si es o no superior al coste de la obra

¿Cuál es el trimestre a considerar para los Gastos Ordinarios en las Comunidades de Propietarios?

1.670 lecturas | 3 respuestas

En las Comunidades hay obras, en las cuales para que estés obligado a pagarlas has de haber votado en contra y además deben tener un coste inferior a los Gastos Ordinarios de un trimestre.
Mi duda es cual es el trimestre a considerar: ¿la cuarta parte de los gastos ordinarios de último ejercicio aprobado? O los gastos de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de la Junta en la que se acuerda el Gasto? O si no es ninguna de las anteriores, ¿Cuál es el sistema? La LPH que recuerde, no matiza este punto.

Por otra parte, quienes se abstienen en la votación, ¿están obligados a contribuir o no?
Si me aclaran estos puntos les quedaré agradecido.

Saludos Chase

 
ADASgestion
ADASgestion
12/10/2014 14:52
si no lo acepta la Comunidad si lo. debera hacer
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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D
devesela
11/10/2014 22:57

Buenas noches. Está claro lo de las tres mensualidades ordinarias y haber votado en contra de la obra pero: ¿es también preciso tener que impugnar el acuerdo a favor de la misma, para que a uno no le cursen ninguna derrama o subidas de su recibo mensual? 

 
ADASgestion
ADASgestion
11/10/2014 20:03

Se refiere a las obras que no son de mantenimiento y/o consevación las que tras votar en contra no se esta obligado al pago de la cuota que corresponda cuando es superior a tres mensualidades

Por ejemplo, si lo que le corresponde por pagar por esa obra es 1.000 euros y la cuota mensual que esta usted pagando son 200 euros, no estar obligado a pagarlo, ya que 3*200 son 600, menor que los 1.000

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