Usted debera reclamar de deuda a quien sea el propietario en la fecha de la reclamación
Debo aclararle, que la contestación que le da primusnovatus a su segunda pregunta se debería untualizar que segun la LPH el propietario actual es responsable de las cuotas del año corriente y los tres años anteriores.
Si ustedes tienen deudas anteriores a esos tres años, siempre las podrá reclamar a quien fuese el propietario anterior.
Claro es importante que sepa como es el acuerdo entre las entidades Dicha integración culminó el 1 de octubre de 2014 con la fusión por absorción de Caja3 por Ibercaja Banco".
Si tiene administrador colegiado el le podra dar explicaciones a este tema. Ya que deberá tener ya la documentación correspondiente y/o solicitada.