Si el error es del Administrador y del Presidente que lo firmase, deberían ellos asumir esa cantidad de dinero, o que hubiesen hecho bien su trabajo (art 9 LPH). Si usted conserva el certificado, éste estará fechado y por tanto no debe asumir deudas anteriores a esa fecha.
Ahora, viendo la gran labor que hace el administrador, yo propondría un cambio del mismo, porque este pequeño error es una muestra de los líos en los que puede meterles. El problema añadido es que posiblemente el administrador No quiera reconocer su error y le declare a usted moroso, privándole del voto.