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ammv68
ammv68
02/12/2014 18:04

LOS ACUERDOS EN ACTAS SON DE OBLIGATORIEDAD

¿Es legal el arrendamiento para placas fotovoltaicas y la utilización del dinero para techo de dos aguas en mi comunidad?

1.573 lecturas | 2 respuestas

Buenas tardes, en mi comunidad se aprobó el arrendamiento por 25 años a la constructora para la instalación de placas fotovoltaicas, por un valor de 2650€ al año. igualmente se acuerda que el dinero que se obtendrá de esta concepción se utilizara para colocar en los patios de cada vivienda techo de dos aguas. Esta aprobación se hizo de 10 asistentes, 2 estaban al día en sus pagos,y 8 en mora, pero se acordó por unanimidad de asistencia no tener en cuenta el artículo 15.2 y 16.2 de LPH. No pude impugnar esto por los plazos.

A la fecha de hoy no han realizado los cerramientos solo 2 se han realizado, alegando que el dinero se utilizo en otros problemas mas importantes, pero no aparece esto en ningún acta; y el dinero que ingresan anualmente del alquiler es inferior al pactado, alegando que al precio estipulado hay que quitarles las retenciones que determina la ley.

Todo esto es correcto? Agradecería cualquier comentario.

 
L
lucia1968
23/01/2015 18:50

Buenas tardes:

En mi comunidad no tenemos administrador y tenemos un moroso que no paga desde que compró el piso en 2011.

Este moroso es una empresa que compró el piso a un banco. El moroso dice que no paga porque el banco le vendió el piso sin cargas y sin inquilinos y la realidad es que el piso tiene cargas y tiene inquilinos (los anteriores propietarios dejaron de pagar la hipoteca, el banco se quedó el piso pero no los han desalojado). La empresa propietaria está en juicios con el banco porque quiere anular el contrato de compraventa.

Hemos consultado con 2 abogados y uno ha dicho que vayamos directamente a un procedimiento verbal, porque al monitorio se van a oponer y otro abogado nos ha dicho que es mejor esperar a que se resuelva el juicio entre el banco y el moroso porque el procedimiento nuestro se paralizaría al haber otro procedimiento abierto para decidir quien es el propietario del piso.

No sabemos que hacer, por favor si alguien tiene experiencia en estos temas, le agradecería su ayuda

 

Un saludo

 

 
J
jedoju
12/12/2014 17:29

Un administrador puede negarse a facilitar un listado, con indicación de las cuotas que por propiedades tienen que pagar los componentes de la comunidad.

En el caso de que, los gastos ocasionados en el ejercicio 2.013, un propietario, observara que ha pagado mayor cantidad. Como debe recuperar la diferencia?. 

Es normal que un administrador en unión del presidente/año, tenga reconocimiento de firma en banco.

En el caso de que unos propietarios, busquen o gestionen terceros para abaratar costo, el administrador, haga lo que le venga en gana. Tanto, en esta actuación con una póliza de seguros que parece de comisionista, como la poca información, que da lugar a tener dudas en cuanto a su gestión. 

Cuantos fallos tiene que cometer un administrador para echarle.  

Gracias.

 

Fin del hilo
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