Buenas noches
Tenemos en la comunidad un vecino que adeuda 3 anualidades.Queremos hacerle un proceso monitorio,ya que desde que adquirió el piso,sólo ha pagado 2 veces y no ha vuelto a pagar.El piso fue adquirido con deuda,pues el anterior propietario (una inmobiliaria que desapareció-parece ser-) debía 5 años de cuota.La pregunta es:
¿Cuantos años podemos pedirle al deudor,aparte de los 3 que debe?.
He leído en un articulo de la LPH que se pueden reclamar al actual propietario hasta 3 años anteriores a la compra,¿esto es así o no es posible reclamarlo?
Tampoco sabemos si las deudas de comunidad prescriben o hay un tiempo para reclamarlas.No queremos que pase mucho tiempo,pues la deuda crece y será más difícil de cobrar.
Como presidente de dicha comunidad,les agradecería me informasen al respecto para aclarar en la medida de lo posible estas dudas.
Gracias por anticipado.