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edificiojardin

¿Prescriben las deudas de morosos?¿es legal negar servicios de comunidad a morosos?

¿Cómo manejar las deudas de derramas en mi comunidad de propietarios?

2.661 lecturas | 4 respuestas

 

Hola !

En mi comunidad tenemos morosos que arrastran deudas de derramas efectuadas en 2010 para reparación de fachadas. 

Temo que estas deudas prescriban , aunque estamos dando ya los primeros pasos para reclamar judicialmente estas cantidades y ya me han advertido que el proceso es lento ( especialmente en nuestros juzgados que están saturados )

Hasta ahora, voy contabilizando ingresos de las cuotas ordinarias que se van abonando trimestralmente precisamente como eso : pago de cuota ordinaria, y voy dejando esas antiguas cantidades como pendientes de pago . Ahora que tengo que hacer asamblea anual ordinaria, y para reflejar esa deuda en convocatoria y acta, me planteo la posibilidad de ir restando los ingresos de aquella cantidad pendiente ( del salgo deudor, en definitiva) y que esa deuda no quede tan desfasada. ¿ debería hacerlo ?

Aparte, y precisamente por esto, ¿ podemos negar algunos servicios comunitarios a estos propietarios ? Evidentemente es imposible que no disfruten de servicio de conserjería, limpieza, ascensores, suministro de agua ( que es comunitario ) etc, pero ¿ qué ocurre cuando han tenido problemas con la antena de TV, o si se tuvieran la rotura de una bajante ? (uno de esos morosos es el local sótano, que a su vez es subcomunidad )? Hasta ahora, en este tiempo, no se les niega nada , pero ...¿podríamos hacerlo legalmente?

Gracias

 

 
E
edificiojardin

ADASgestion dijo:

le recomiendo que las cantidades que vayan pagando los morosos los aplique a las cantidad más antiguas

Recuerde que con la modificación de la LPH S/ Ley 8/2013, la comunidad tendra prioridad de cobro y podrá reclamar la deuda del año en curso y los tres anteriores.

 

mire el articulo 9.e

 

 

Muchísimas gracias !!! 

Saludos

 

Fin del hilo
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