jmgc1962 dijo:
Respecto a la obligatoriedad de tener que participar en el seguro multirriesgo de un edificio, perdonad que insista que no es obligatorio para un propietario. Aconsejable, si. Obligatorio, no.
Perfectamente dicho propietario puede tener contratado un seguro de su propiedad que le cubra todos los riesgos y la responsabilidad civil.
Suele ocurrir que la mayoría de propietarios contrata su seguro del hogar incluyendo el continente al 100% y el contenido. En estos casos, es mejor pagar solo una parte de continente en nuestro seguro de hogar que complemente a la parte proporcional que nos corresponde del seguro multirriesgo y así, evitar sobrepagos. Se debe consultar con el agente de nuestra póliza de seguro del hogar.
Volviendo al seguro multirriesgo, recalcar que no es obligatorio que una comunidad de propietarios tenga contratado un seguro multirriesgo, salvo en las comunidades autónomas de Madrid y Valencia. No obstante, y a pesar de todo, considero que es muy importante que una comunidad tenga contratado dicho tipo de seguro.
Que legalmente no sea obligatorio suscribirlo, salvo Madrid y Valencia, no significa que si la comunidad decide contratarlo los coopropietarios no estén obligados a pagarlo. Esto es erróneo.
Cuando la Comunidad de Propietarios decide en junta contratar un seguro multirriesgo el gasto de este seguro se considera como un gasto general y todos los coopropietarios están obligados a sufragarlo, incluso aunque ellos tengan contratado otro seguro particular para su vivienda. art. 9.1 e) LPH