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beatrizgrc
27/03/2015 19:11

acceso discapacitado a la pisicna

¿Estamos obligados a pagar una silla electrónica para minusválidos en la piscina comunitaria?

1.748 lecturas | 2 respuestas

Buenas tardes.

Tenemos una piscina muy pequeña en la azotea del edificio. Para acceder a ella hay que subir caminando dos pisos por las escaleras.

Una piscina que casi ningún propietario la utiliza, salvo inquilinos y amigos de estos solo en verano (error de propietarios que ceden sus tarjetas de acceso para la puerta de azotea).

Tenemos desde hace unos meses un nuevo propietario minusválido.

Pregunto: El administrador dijo en reunión que por ley todas las comunidades están obligadas a sufragar los gastos para el acceso de minusválidos a zonas de ocio comunes. En nuestro caso piden que se le instalen una silla electrónica muy sofisticada, que no es lo mismo que una sencilla rampa, dado que son dos pisos que debe ascender. ¿Estamos todos los demás propietarios obligados a pagarle este artilugio? No estamos hablando de acceso a su vivienda, ya que contamos con 4 ascensores en el edificio, pero esto me parece que debería correr por cuenta del interesado.

Que solución ven Uds. al hecho de que a las reuniones acude un pequeño porcentaje de los propietarios 20% aprox. las decisiones las toman ellos y luego yo veo incrementarse cada vez los gastos de comunidad. ¿Existe otra forma de toma de decisiones que no sean las juntas de vecinos ?

Agradezco me iluminen con su sapiencia,

Saludos

 
P
PEPE123
29/03/2015 21:16

beatrizgrc dijo:

Que solución ven Uds. al hecho de que a las reuniones acude un pequeño porcentaje de los propietarios 20% aprox. las decisiones las toman ellos y luego yo veo incrementarse cada vez los gastos de comunidad. ¿Existe otra forma de toma de decisiones que no sean las juntas de vecinos ?

Agradezco me iluminen con su sapiencia,

Saludos

 

Sólo  hay una solución, que TODOS los propietarios se impliquen, vayan a las reuniones y tomen las decisiones adecuadas. Es SU COMUNIDAD, son ustedes los que deben decidir cuánto y en qué se gasta, nadie puede hacerlo por ustedes.

 
ADASgestion
ADASgestion
27/03/2015 20:26

Si tendrán obligación,

mire el articulo 10 y 17 de la LPH

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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Fin del hilo
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