Buenas tardes.
Tenemos una piscina muy pequeña en la azotea del edificio. Para acceder a ella hay que subir caminando dos pisos por las escaleras.
Una piscina que casi ningún propietario la utiliza, salvo inquilinos y amigos de estos solo en verano (error de propietarios que ceden sus tarjetas de acceso para la puerta de azotea).
Tenemos desde hace unos meses un nuevo propietario minusválido.
Pregunto: El administrador dijo en reunión que por ley todas las comunidades están obligadas a sufragar los gastos para el acceso de minusválidos a zonas de ocio comunes. En nuestro caso piden que se le instalen una silla electrónica muy sofisticada, que no es lo mismo que una sencilla rampa, dado que son dos pisos que debe ascender. ¿Estamos todos los demás propietarios obligados a pagarle este artilugio? No estamos hablando de acceso a su vivienda, ya que contamos con 4 ascensores en el edificio, pero esto me parece que debería correr por cuenta del interesado.
Que solución ven Uds. al hecho de que a las reuniones acude un pequeño porcentaje de los propietarios 20% aprox. las decisiones las toman ellos y luego yo veo incrementarse cada vez los gastos de comunidad. ¿Existe otra forma de toma de decisiones que no sean las juntas de vecinos ?
Agradezco me iluminen con su sapiencia,
Saludos