Perdón por la tardanza en este tema, no ha sido facil conseguir copia de los estatutos.
Dice asi en los estatutos al eximir de ciertos pagos:
"Los gastos de entretenimiento y reparación de las fachadas del edificio, tales como revoque, pintura etc., a partir del techo de la planta baja o solado de la primera."
Me gustaría saber si los canalones, su limpieza y desatasco, se considera dentro de este apartado de los estatutos. Aclarar que el canalón es el elemento situado en los tejados y visible en fachada que recoje y canaliza hasta las bajantes el agua de lluvia que se vierte por el tejado.
Saludos y gracias por la respuesta.