Hola !!
Os pongo en contexto :
Los estatutos de mi comunidad tienen 45 años. En ellos, se indica que los locales comerciales no participarán en los gastos que afecten sólo a viviendas ( entre ellos, gastos de conserjería ).
En un principio, en la planta sótano, se ubicó un taller de reparación de vehículos, y años mas tarde, ese local fué dividido en plazas de garaje vendidas a particulares y entre ellos , crearon una subcomunidad.
Desde hace más de 25 años, puede que desde el principio, el conserje del edificio( que sólo tiene 2 portales y entre ambos tiene la entrada al parking), permanece junto a la puerta del garaje durante su jornada laboral, y controla cada coche que entra, sale, conoce a los propietarios, recauda las cuotas de esa comunidad y se las entrega al administrador de la misma, etc etc. Es decir,,,, de hecho, realiza las tareas de conserjería como si se tratara de una vivienda más aunque no puedo demostrar nada de ello porque nunca nos ha molestado y lo que es peor,,, no puedo evitar que se siga haciendo ( es dificil ponerle puertas al campo)
Yo administro la comunidad ( soy propietaria de una vivienda) , y siempre he incluído al garaje dentro de los gastos . Ahora, el administrador de esa subcomunidad me exige la devolución de lo cobrado durante el último año y que en la próxima junta ordinaria lleve como punto , que se libere al local de pagar dichos gastos, por ser anti-estatutario.
¿puedo justificar el cobro de esos gastos con el hecho de que durante tantisimos años y hasta hoy mismo, el parking se ha beneficiado de la existencia del conserje ?
¿las costumbres se hacen normas ??