Para reclamar judicialmente a los morosos, hay que empezar haciendo 3 cosas:
- decidirlo en junta, por mayoría (simple en segunda convoaoria). Los que no asistan no tienen nada que opinar a posteriori.
- aprobar los saldos deudores en junta
- autorizar al presidente a otorgar poderes para pleitos ante abogados y procudadores.