Mal asunto ese de que el administrador sea un propietario (como profesional, cobrando por ello), salvo que sea una relación de confianza plena, que no parece el caso.
Si, como parece decir, el presidente/administrdor barre para casa, lo que tienen que hacer es cambiar de presidente (anualmente según la LPH), y nombrar un administrador de confianza, ser posible externo a la comunidad.
Respecto al cambio de color de la fachada, hay que ver que dice la División Horizontal, pues suele hacer excepciones en este sentido con los locales. En cualquier caso, si el local pide permiso, para lo que sea, debe ser la junta quien decida, ni el presidente ni el administrador tienen atribuciones para tomar estas decisiones.