Buenos días,
Dirigase al presidnte/a y transmitale todo lo que le está ocurriendo. La comunidad tiene la obligación de reparar el origen de las humedades y los daños causados por estas, además claro está de acabarle de pintar el techo del baño.
Informe al presidente y al administrador que para iniciar ese tipo de obras no es necesario tratarlo en junta ya que tal como se establece en el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal, "Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones: a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación."
Seguramente el administrador haga más caso al presidente/a que ha usted.
Espero haberle podido servido de ayuda.