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T
toexcar
22/01/2016 02:17

Moroso reincidente

¿Cómo reclamar una deuda pendiente y resolver la situación de la presidencia delegada en una comunidad de propietarios?

3.295 lecturas | 4 respuestas

En mi comunidad hay una persona que está viviendo en uno de los pisos que no es el propietario, a éste le corresponde la presidencia pero la ha “delegado” en la persona que vive en dicho piso, además tiene cuotas pendientes con la comunidad que él no quiere reconocer a pesar que hay documentos que así lo acreditan. La cantidad actualmente  es de 180 €uros más ó menos, pero lo que ocurre es que la mayoria de los vecinos ya han “arrojado” la toalla y pasan de discutir en cada junta sobre este tema ( la deuda fué reconocida por él en el 2011 y ascendia entonces a 577 €uros,  ya provenia del 2008 ) pero a pesar de que se le han enviado varias cartas incluido un burofax ( éste se le mandó al domicilio señalado de la comunidad pues el presidente no vive en esta finca y la persona que habita el piso que si que sabe donde vive así como su telefono pero se niega a darnos los datos, de hecho el burofax no fué a recogerlo y nos supuso a la comunidad un gasto de 38 €uros ) ante esta situación ¿que pasos hay que seguir para el cobro de la deuda? ¿es legal la delegacion de la presidencia? ¿prescribe la deuda?¿si la mayoria de los propietarios pasan del tema, los que no pasamos podemos reclamar la deuda de algun modo ante el juzgado? Además se permite la libertad de ingresar las cuotas de la comunidad el día que le viene en gana, cuando en una junta y por MAYORIA ABSOLUTA se aprobó que la fecha de pago es del 1 al 5 de cada mes. Muchas gracias

 
C
chucky1975
22/02/2016 13:31

Hola. Te comento: lo mejor, como ya te han indicado, es iniciar un proceso monitorio ante los Tribunales. Respecto a la forma de notificación, que veo que es lo que más te inquieta, la LPH prevé lo siguiente:

1.- Lo primero es celebrar una Junta Extraordinaria en la que aparezca en el orden del día la adopción del acuerdo para reclamar judicialmente la deuda.

2.- Una vez que adopteis dicho acuerdo, notificas, POR SU ORDEN, de las siguientes formas:

      1ª.- En el domicilio (de vuestro edifcio) del vecino moroso (le dejais una carta en el buzón)

      2ª.- En el domicilio que tengais, de donde él viva, mediante correo certificado con acuse de recibo    

      3ª.- Publicando la notificación en el tablón de anuncios de la Comunidad, y dejandolo allí durante              48 HORAS.

Aunque el vecino moroso no quiera darse por enterado, la publicación en el tablón de anuncios surte el efecto que buscais. Es lo mismo que, por ejemplo, cuando te ponen una multa y no recoges el aviso: te la publican en el BOE y te dan por notificado.

En mi comunidad lo hemos hecho de esa forma y nos han dado la razón.

Te deseo suerte y que podais cobrar pronto la deuda.

 
E
elbonsai
22/01/2016 23:54

Hola, el cargo de presidente solo lo puede ejercer un propietario. El presiente puede delegar su voto en cualquier persona pero no su cargo. La deuda de comunidad no prescribe siempre que haya documentacion de la misma y sea reconocida en la junta de propietarios. Lo que deberian hacer es revocar el cargo a ese propietario, nombrar nuevos cargos para la junta de presidente y secretario y actualizar las cuentas de la comunidad a fin de poder reclamar via monitorio las deudas que existan.  Todo esto deben tratarlo en el orden del dia de la junta. Si la junta no decide por las mayorias exigidas proceder contra el moroso, no pueden hacerlo a titulo particular lso propietarios.

Un saludo

 
J
juno4
22/01/2016 16:50
Hasta donde yo sé (poco), el papel de presidente no se puede delegar en nadie que no sea propietario, por lo que estariais funcionando de forma anormal.

Yo en su lugar, reuniria las condiciones necesarias para convocar junta extraordinaria y cambiaría de presidente por uno que si sea propietario. Ademas incluiria como orden del dia la reclamación de cuotas pendientes incluido nombramiento de abogado y procurador.

Con respecto al burofax, mientras que el propietario no haya facilitado ninguna forma de contacto, es perfectamente válido.

En su lugar yo cambiaría de presidente, notificaría de nuevo al moroso (por si el actual presidente se saca de la manga que el propietario si ha dejado datos de contacto) y reclamaría via monitorio. El administrador os puede ser muy de ayuda en eso.
 
B
Borni1974
22/01/2016 09:15

Con respecto al tema de morosos no estoy muy puesto, a ver si alguien con más conocimiento le puede asesorar mejor.

En el caso de que tengan administrador, el debe conocer todos los pasos para reclamar la deuda, en el caso de que no lo tengan, consulten con un abogado.

Una persona que no es propietaria no puede asumir la presidencia por delegación del presidente.

La deuda no prescribe.

No entiendo como la mayoría de propietarios pasan de cobrar una deuda a otro, lo que no paga ese vecino lo terminan pagando entre todos, además, si no le reclaman el pago de la deuda, se está dando pie a que otros hagan lo mismo.

En cuanto al tema de que ingresa el dinero cuando le da la gana, en vez de cuando toca, la única forma de aleccionarle que se me ocurre es que acuerden en la próxima reunión que todo aquel que no abone las cuotas en plazo tendrá un recargo, por ejemplo, de 10€ por cuota no abonada en plazo.

En muchas comunidades hay gente que solo abona las cuotas cuando recibe la notificación de la próxima reunión y aparecen como morosos. Si todos los propietarios hiciéramos lo mismo, nos acabarían cortando la luz y el agua de la comunidad.

 

Fin del hilo
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