Hola, como bien dice es suficiente con aportar la copia del extracto del ingreso para exigir la cantidad que adeuda a día de hoy. En la junta se ha recogido la deuda que debia en ese momento, lo que no implica que el ingreso de esa parte de la deuda anule el derecho de reclamar lo que debe ahora, pues la junta ha decidido proceder contra los morosos y aún hay deuda que reclamar. Cosa dierente sería que ustede en el monitorio quisieran reclamar mas cantidad que la que tienen reconocida en el acta. En su caso, en la redacción del documento del monitorio, deben adjuntar ademas de la copia del acta, el comprobante del burofax y certificado de deuda inicial, la copia del extracto del ingreso que ha realizado el vecino y que demuestra porque la deuda que reclaman es inferior a la aprobada en junta. Por último animarle a que no tengan miedo a presentar el monitorio, es un proceso mas sencillo de lo que parece, muy efectivo, y en cuanto a la celeridad del mismo depende del juzgaado que le toque. Se lo dice alguien que presenta muchos al año y no solo para reclamar deuda de comunidades, sino ademas de otras deudas a autonomos.
Un saludo