Buenos dias
Efectivamente, al igual que todos los acuerdos acordados en Junta, el pago de derramas debe venir reflejado en el acta de la junta general (ordinaria o extraordinaria) y debe recoger con detalle, fechas de pago e importes (salvo que se exprese que una cuota comunitaria extra, en cuyo caso no se refleja importe porque cada vecino paga una cuota dependiendo de su coeficiente de participacion en la comunidad)
Un saludo