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Ausentes en reuniones

¿Cómo se computan los ausentes en una votación para aprobar un presupuesto que requiere mayoría simple?

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En la votación para aprobar un presupuesto que requiere mayoría simple. Si no acuden a la reunión los suficientes propietarios, cómo se computan los ausentes (¿como voto favorable?). Por ejemplo, de 10 vecinos se presentan 5 y votan que si. Pero falta un voto para la mayoría. Los ausentes pueden firmar el acta en otro momento o su voto es favorable.

Gracias por leer

un saludo

 

Confunde mayoría simple (la mitad más uno),

con mayoría cualificada (3/5 o unanimidad), en estas dos como usted bien indica si se puede impugnar. Pero en el caso que expone axajim que es de mayoría simple, en esta no son impugnables ningún acuerdo, si estos se realizan según ley.en su art. 17.7.

Por lo cual no decimos lo mismo

 

Fin del hilo
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