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comunidaddevecinos
27/03/2016 11:20

desalojo del portero

¿Es posible exigir responsabilidad por el error de la abogada y reabrir el caso de desalojo del ex portero que ocupa la vivienda porteria?

3.284 lecturas | 1 respuestas

llevamos 4 años pagando a un abogado para desalojar al ex portero que ocupa la vivienda porteria causando baja de la empresa desde el 2009.

nos cuenta la presidenta y administradora que se perdio el juicio porque se dio por prueba un folio donde tres presidentes le otorgan la vivienda porteria  al mismo al final de los 25 años trabajado.

dicho papel no  tiene nombre de los presidentes, sólo tres firmas que se ha comprobado es copia y pega de otro documento.

no hay actas que den fe que ese acuerdo se aprobó.

en la fecha que redacta el documento no se había comprado la vivienda.

el documento  no hace referencia a ni de de dni, ni testigos, ni sellos y nada, solo tres firmas.

la abogada que nos llevo el caso conocía que el portero iba a presentar ese documento y no lo revisó y lo dió por bueno.

en el recurso la audiencia hace referencia al error de la abogado y también dan por bueno el documento.

aún estamos pagando el ibi y la comunidad de la casa portería

tampoco la sentencía dice en que condiciones se queda el portero , si de inquilino , de propietario y que gastos debe de cubrir este señor.

el portero es presidente vitalicio en su comunidad y el tema de la casa porteria no se les informa a sus vecinos. La casa es propiedad de  tres bloques.

Se puede exigir responsabilidad por el error de la abogada y podemos reabrir el caso?, sabiendo que no hay acta que justifique la existencia de dicho document?.

Hemos tenido un gasto excesivo de abogado  con gran daño económico a la comunidad.

es de real importancia se nos aclare este problema. gracias.

 
mafnieto
mafnieto
27/03/2016 17:53

Estimados Sres,

El supuesto que plantean es desconcertante ya que resulta incomprensible que un documento sin autentificar sea el elemento esencial probatorio que justifica la ocupación de la vivienda por el antiguo portero de la mancomunidad. Me ha parecido entender que hay sentencia que determina el valor de dicho documento. ¿ Es cierto ?. Por otro lado, apenas puedo serle útil sin una información extensa que clarifique lo que es a todas luces algo incomprensible. Me refiero a : a) ¿Cómo fundamentó el Tribunal el valor probatorio del documento ? ; b) ¿ Se otorga en la Sentencia algo más que un título posesorio sobre el inmueble al portero ?; ¿Por qué dudan si el portero no saben si quedará en calidad de propietario o de inquilino ?

  Lo único que puedo decirles que la vivienda-portería es un elemento procomunal y que solo su desafección con el acuerdo unánime de la asamblea lo transforma en elemento privativo con derecho de tanteo entre los copropietarios con interés en él y con la posterior inscripción registral del inmueble. Ese es el modo correcto.  Sobre la responsabilidad de la letrada, deben consultar al Colegio de Abogados previa reclamación para que depuren si su colegiada, actuó negligemente o de un modo doloso en la defensa de sus intereses antes de iniciar procedimiento de reclamación alguno.

Siento no haber podido ayudarles, pero realmente la información suministrada no es muy clara y amplia.

Saludos.

Administración de Fincas Miguel Ángel Fraile
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