Por lo que indica, si fue el portero, entiendo que sí está contratado directamente por la comunidad.
Si el portero tiene el carnet como profesional de la construcción, eso en principio indica que ha recibido una formación y está capacitado para el uso de la radial.
Como le digo, el que actuara la inspección de trabajo no garantiza que tenga que haber una sanción, en este caso, si el portero está contratado legalmente y tiene la tarjeta de profesional de la construcción, es probable que no haya sanción, ya que el porteró se puede decir que se excedió de sus funciones y realizó algo que no tenía por qué hacer. También habría que tener en cuenta si la radial es de la comunidad y figura entre las herramientas del portero o es propiedad particular del propio portero. En el caso de un accidente en el que interviene la inspección de trabajo, se suele solicitar la evaluación de riesgos del trabajador, para ver que el riesgo que ha ocasionado el accidente está incluido en su evaluación. En el caso de un portero de un bloque de viviendas, ya no sé si también es obligatorio que la comunidad tenga suscrito un contrato con una mútua que es la que realiza las evaluaciones de riesgos.