Un vecino instaló hace por lo menos 15 años un letrero luminoso profesional en la fachada a la altura de su vivienda (una 4ª planta) de edificio de viviendas y bajos comerciales.
En su día la comunidad no le dió permiso y en actas le ordenó quitarlo en reiteradas ocasiones pero no hizo caso y la comunidad no llegó a denunciarlo. El alegaba que el Ayto. le había dado licencia para justificar no retirarlo, y la comunidad respondía que desde el inicio se le dijo que no podía ponerlo.
El caso es que así con eso pasaron estos años. Pero ahora, como fijó su rótulo a elementos metálicos del edificio, estos se estroperaron con riesgo de desprendimiento y la Comunidad aprobó repararlos, lo que nos costará unos 1800€ de todos. Para poder repararlo el tendrá que retirar el letrero, pero dice que lo volverá a poner en el mismo sitio. La Junta de la comunidad le prohibió nuevamente volver a instalarlo, pero dice que como lleva 15 años tiene derecho a volver a instalarlo tras la reforma de las barras. Es así?.
Además de tener el negocio en una vivienda, desde hace unos 10 años existe una ordenanza municipal que prohíbe rótulos profesionales en fachada por encima de la planta baja. Y no cuenta con el permiso de la comunidad para volver a instalarlo tras la reparación de las barras. (Hay que repararlas por culpa de su letrero). Una vez desmontado para poder reparar las barras de la fachada, entiendo que no tendría derecho a volver a fijarlo en la fachada ya que no cuenta con el permiso de la comunidad actual (sin entrar en que antes no lo tenía), y al tener que hacer esa obra, tendría en todo caso que ajustarse a la normativa municipal actual, por lo que no valdría la de hace 15 años no?.
Gracias por la ayuda.