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luimipi
29/06/2016 12:10

Problema Rotulo Luminoso en planta alta de vivienda

¿Tiene derecho un vecino a volver a instalar un letrero luminoso en la fachada de un edificio después de haber sido ordenado su retiro?

5.249 lecturas | 3 respuestas

Un vecino instaló hace por lo menos 15 años un letrero luminoso profesional en la fachada a la altura de su vivienda (una 4ª planta) de edificio de viviendas y bajos comerciales.

En su día la comunidad no le dió permiso y en actas le ordenó quitarlo en reiteradas ocasiones pero no hizo caso y la comunidad no llegó a denunciarlo. El alegaba que el Ayto. le había dado licencia para justificar no retirarlo, y la comunidad respondía que desde el inicio se le dijo que no podía ponerlo.

El caso es que así con eso pasaron estos años. Pero ahora, como fijó su rótulo a elementos metálicos del edificio, estos se estroperaron con riesgo de desprendimiento y la Comunidad aprobó repararlos, lo que nos costará unos 1800€ de todos. Para poder repararlo el tendrá que retirar el letrero, pero dice que lo volverá a poner en el mismo sitio. La Junta de la comunidad le prohibió nuevamente volver a instalarlo, pero dice que como lleva 15 años tiene derecho a volver a instalarlo tras la reforma de las barras. Es así?.

Además de tener el negocio en una vivienda, desde hace unos 10 años existe una ordenanza municipal que prohíbe rótulos profesionales en fachada por encima de la planta baja. Y no cuenta con el permiso de la comunidad para volver a instalarlo tras la reparación de las barras. (Hay que repararlas por culpa de su letrero). Una vez desmontado para poder reparar las barras de la fachada, entiendo que no tendría derecho a volver a fijarlo en la fachada ya que no cuenta con el permiso de la comunidad actual (sin entrar en que antes no lo tenía), y al tener que hacer esa obra, tendría en todo caso que ajustarse a la normativa municipal actual, por lo que no valdría la de hace 15 años no?.

Gracias por la ayuda.

 
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luimipi
06/07/2016 19:40
Y sobre el fondo del asunto? Quien creeis que tiene razon?
 
B
Borni1974
01/07/2016 09:33

Pues si él se empeña en colocarlo y a Uds. les parece que no es correcto, si no le convencen y finalmente coloca el cartel, no les quedará más remedio que denunciarle.
Si como dice, hay una ordenanza municipal que prohíbe ese tipo de carteles, con una denuncia en al ayuntamiento, ante la policía local, debería ser suficiente, eso sí, sería conveniente que la hiciera el presidente en nombre de la comunidad, aunque en este caso, no sé si un vecino cualquiera también podría denunciar este incumplimiento.

 
L
luimipi
29/06/2016 17:55

Muchas gracias por la respuesta. Más bien creo que sería lo contrario, no se trata de valorar si es más o menos molesto o perjudicial para los vecinos, como si es el cartel más bonito del mundo y no tapa vistas a nadie. (que no es el caso, que además dañó elementos del edificio por la carga del cartel).

El tema será demostrar si tiene derecho o no a hacer lo que hace, ya que actua sobre algo que:

  1. No es su propiedad. Ni tiene derechos sobre la fachada más que ser vecino (no es como un local comercial por ejemplo).
  2. No tiene permiso de los propietarios (Comunidad).
  3. La Comunidad de Propietarios le ordena retirarlo.
  4. existe una ordenanza del ayto prohibiendo expresamente esos carteles en plantas por encima de la baja de edificios que no sean de oficinas.
  5. Se trata de una vivienda que el usa como oficina.

 

 

 

 

Fin del hilo
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