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Pattriziagf
30/11/2016 10:38

Finiquito al Conserje

1.573 lecturas | 2 respuestas
Buenos días, mi comunidad tiene una duda, nos gustaria saber, que finiquito hay que dar a nuestra Conserje. La misma se ha jubilado por haber cumplido los 65 años, y no tenemos muy claro el cálculo. Muchas gracias
 
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Pattriziagf
14/12/2016 21:25
Muchas gracias Jesús, donde tenemos dudas es en el párrafo 3 del apartado de la Jubilacion del convenio colectivo . la Conserje lleva trabajando desde el 2005, le corresponde algo más que las vacaciones y la parte proporcional de la paga extra?. Es que indica una serie de años necesarios para pagar 14 días por cada año que se ha jubilado antes de los 70, pero no sabemos cuántos son necesarios que haya trabajado para ese derecho.Gracias
 
jesus.garcia.ramirez
jesus.garcia.ramirez
01/12/2016 15:30
Buenos dias. En principio la liquidación que le corresponde es la parte de pagas extraordinarias devengadas hasta el momento de la jubilación, además de las vacaciones devengadas y no disfrutadas, sin perjuicio de la gratificacion que indica el convenio colectivo de empleados de fincas urbanas siempre que concurran los requisitos que en el convenio se indican.
En cualquier caso su Administrador seguramente se lo calcule a la perfección dado que sin estudiar todos los datos no se puede dar una cifra.
Espero que le haya aclarado su duda.
Saludos
Jesús M. García Ramírez
Administrador de Fincas
C/ Alberto Aguilera, 35-Of. S5 28015 Madrid
Tf: 910259402 - Fax: 914356251
jesus.garcia@dosges.net
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