Gracias por tu respuesta, ADASgestion, pero creo que no me has leído bien:
1º.- No he preguntado sobre quién tiene la legitimidad para denunciar la usurpación de la vivienda e iniciar el procedimiento judicial correspondiente en vía penal o civil. Eso es una cosa que ya sabemos de sobra. Así como también sabemos que la Comunidad, sí que tiene potestad para denunciar las molestias graves que pudieran provocar los okupas para conseguir por orden judicial su expulsión.
2º.- Cuando la Comunidad realiza ciertas comunicaciones vía burofax, es completamente legítimo repercutir el coste del mismo a quien ha provocado la situación. Por ejemplo, en una situación de morosidad, el coste del envío del burofax se repercute sobre el moroso, y también cabe ahí la posibilidad que planteas de: “enviar una carta que es mucho más barata”.
3º.- Cuando dices: “El banco no deja la vivienda vacía por capricho, esta vacía porque no la vende”
El banco dejó la vivienda vacía porque la familia que en ella vivía no podía pagar la hipoteca. Como en tantos otros casos que por desgracia han ocurrido en este país en los últimos años. No puedes pagar la hipóteca que contratastes con nosotros, pues a la calle, no nos importa tu situación, ni tus circunstancias personales.
Y si la tiene a la venta, y no la vende, pues creo que tiene muchas posibilidades como puede ser rebajar el precio o el alquiler. Pero no, ni una cosa ni otra, y al final, pues tenemos la ocupación ilegal con todos los perjuicios que supone para la Comunidad.
4º.- El banco no paga puntualmente sus recibos a la Comunidad. Hay que acudir a los juzgados con procedimientos monitorios para que paguen los gastos de escalera.
Saludos. José Fco.