En efecto, como ha señalado ADASGestion, las Comunidades de propietarios no poseen personalidad jurídica, por lo que no puede adquirir bienes inmuebles, aunque si pueden contratar, a través de su Presidente, personal laboral, suscribir polizas de seguros, y firmar contratos de suministros o servicios.
Los créditos para Comunidades existen. De hecho hay una linea especial de créditos ICO para Comunidades de Propietarios.
Otra cosa será que la entidades financieras no quieran arriesgarse a aceptar la operación a menos que se haga con las garantías de todos y cada uno de los propietarios integrantes de la Comunidad.
Busque las entidades adheridas a los Créditos ICO para Comunidades de Propietarios.