Difiero totalmente de la repuesta que le ha dado carolinevega.
Aquí no valen mayorías para pedir un préstamo. El banco jamás debería conceder un prestamo a nombre de una comunidad de propietarios. Aquí si vale la mayoría para aprobar la rehabilitación del edificio. El tema monetario es materia de otro asunto. Habrá propietarios que tengan disponibilidad económica, y no tengan que acudir al banco para conseguir el dinero, y otros propietarios que tendrán que acudir al banco, por no tener recursos económicos suficientes para afrontar la obra aprobada.
Una comunidad de propietarios no puede solicitar un préstamo bancario, debido a que no tiene personalidad jurídica. En todo caso, el banco y cada propietario tendrían que firmar individualmente, un prestamo personal a cada uno de los que se acogieran al mismo, pero jamás se lo harían a la comunidad. Y por lógica, cada propietario firmará su préstamo con el banco que más le convenga. Es decir, una vez aprobada en Junta las obras, la financiación económica se las que tiene que buscar cada uno de modo individual.