Quizá tenga más fácil que le autoricen el colocar una rampa salvaescaleras que modificar la fachada.
La doctrina no es pacífica en este punto, unos se dacantan por la unanimidad y otros por los 3/5 dependiendo de lo recogido en el título, estatutos o la finalidad de la modificación. En su caso no sería suficiente la simple mayoría.