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T
toexcar
31/05/2017 16:38

Incumplimiento de los pagos de los gastos comunitarios

¿Existe obligatoriedad en la LPH para cumplir los acuerdos de la junta de propietarios sobre el pago de la cuota de gastos de comunidad?

2.087 lecturas | 9 respuestas

En mi comunidad se aprobó  por UNANIMIDAD que la cuota correspondiente a los gastos de comunidad se pagaría del 1 al 5 del mes correspondiente , en caso de que alguien prefiriera pagarlo por trimestres lo haria a inicio del mismo, del mismo modo que si fuera por semestres ó incluso anual que SIEMPRE se haria al inicio de los mismos y en la fecha señalada pero nunca a fecha vencida pero hay propietarios que por norma la inclumplen e incluso no pagan la cantidad pactada y lo hacen cuando se les ocurre y por la cantidad que consideran ¿ hay algún articulo de la LPH en donde claramente especifique la obligatoriedad del cumplimiento de lo pactado en la junta? ¿ se puede considerar moroso a la persona que inclumple dichos acuerdos? Gracias

 
M
michaelbr
16/05/2021 14:03

carolinevega dijo:

Pues que remita burofax al administrador y que le diga:

En el acta de fecha XX XXXX, se aprobó la reparación del problema que le afecta, y dado que desde el acuerdo el administrador no ha cumplido con su obligación del art. 10. Si en el plazo de una semana no se solucciona su problema, emprenderá las oportunas acciones judiciales contra él, por dejadez de funciones.

El dejar de abonar la comunidad, muchas veces no sirve denada

Muchas gracias por contestarme e explicación.

 
carolinevega
carolinevega
16/05/2021 13:53

Pues que remita burofax al administrador y que le diga:

En el acta de fecha XX XXXX, se aprobó la reparación del problema que le afecta, y dado que desde el acuerdo el administrador no ha cumplido con su obligación del art. 10. Si en el plazo de una semana no se solucciona su problema, emprenderá las oportunas acciones judiciales contra él, por dejadez de funciones.

El dejar de abonar la comunidad, muchas veces no sirve denada

 
M
michaelbr
16/05/2021 10:56

cachan555 dijo:

Parar las aportaciones no es correcto, exigir la reparación SI

Exija vía burofax la reparación a la administradora, advirtiéndole que de no hacerlo tomará medidas legales.

Gracias por contestar. Hace 3 años que prometieron que iban hacer el reparo, y nunca lo hicieron, siempre decian harán el mes que viene, mi amigo no lo sabia que tenia que enviar por burofax o carta certificada, pero la reclamación y la promesa de reparo está en las atas de reunión de la comunidad. Hace falta que envie ahora burofax/carta o no? Que otra medida puede se tomar además de judicial? Hay en España pequeño juzgado (quizá con otro nombre) dónde uno se puede representar a si mismo sin necesidad de abogado?

 
C
cachan555
15/05/2021 17:08

michaelbr dijo:

Hola buenas, podría decirme si la filtración es considerada obra de emergencia o no? Un amigo mio tiene filtración en su baño (viene de la terraza arriba), ha comunicado a la administradora hace 3 años e aún no han hecho la impermeabilización, él paró el pago de los gastos de comunidad, es correcto hacer eso?

Parar las aportaciones no es correcto, exigir la reparación SI

Exija vía burofax la reparación a la administradora, advirtiéndole que de no hacerlo tomará medidas legales.

 
carolinevega
carolinevega
15/05/2021 15:19

Si se lo preguntado, era porque sabía que tenía el dato equivocado.

Art. 19.3. El acta deberá cerrarse con las firmas del Presidente y del Secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario. 

Como puede comprobrar no indica para nada el tiempo de ser remitida

Ya le digo que lo lógico y normal vaya firmada por el presidente, pero que si no está firmada, sus acuerdos son totalmente válidos.

En junta obligen que sean firmadas

 
H
Hartoya
15/05/2021 12:53
10 días ? El problema y no quiero ofender nada que si un administrador es poco serio puede manipular los presidente y las juntas como quieren.
Parece que el nuevo administrador lo informo.
Se no están firmada puede ser que el presidente no ha leído todas las actas, se pueden firmar digitalmente creo no?
Gracias
 
M
michaelbr
15/05/2021 09:59

pasacero dijo:

SI.

La ejecutividad de los acuerdos de la Junta de propietarios viene dispuesta en el artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal, donde se recogen distintas reglas sobre las actas de las Juntas, estableciéndose en el apartado 3 lo siguiente:

“El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.”

Hola buenas, podría decirme si la filtración es considerada obra de emergencia o no? Un amigo mio tiene filtración en su baño (viene de la terraza arriba), ha comunicado a la administradora hace 3 años e aún no han hecho la impermeabilización, él paró el pago de los gastos de comunidad, es correcto hacer eso?

 
carolinevega
carolinevega
15/05/2021 09:47

Cuanto piensa usred que hay establecido para remitir el acta?

Si el acta no está refrendada por el presidente, los acuerdos son igualmente válidos

Si nunca las han firmado deberían exigirles que así se tiene que hacer que es como indica la LPH

 
H
Hartoya
15/05/2021 05:15
Hola que pasa si las actas no estan firmada por el presidente y en administrador no la envia a la junta en los tiempo establecidos?
QUE pasa si cambiando de administrador te das cuentas que los presidentes nunca han firmado ningunas actas y que casi nunca han cumplido con lo que estaba escrito en el las actas? gracias por contestar
 

Fin del hilo
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