Buenos días,
Estamos reformando un piso que era de mi abuelo y hemos decidido poner caldera de gas.
Para no poner la caldera dentro el piso, la hemos puesto en un rinconcito en el balcón (pensamos taparla con un armario blanco). No pedimos permiso a la comunidad ni administrador ya que pensábamos que era un bien de primera necesidad y no hacía falta (teniendo en cuenta que el resto de propietarios tienen los aparatos del aire acondicionado colgados).
Ahora nos ha llamado el Administrador que se ha quejado un propietario!!!
El Ayuntamiento nos dice que el balcón no se considera fachada y podemos ponerlo, en los estatutos de la Comunidad (que ahora he pedido al Administrador) pone “articulo 12. para la colocación de rejas, persianas, antenas parabólicas, y otros elementos de ornato exterior, así como: para variar la pintura, alicatar o modificar el aspecto externo de las viviendas, será preciso contar con la Junta de Propietarios”.
Qué pensáis? Debo quitarlo?