Estimado Blont:
La fachada sí es zona común, pero en este caso la puerta de la terraza es de uso privativo y exclusico del propietario de la vivienda. La humedad se ha producido por el desprendimiento de una trozo del sellado de unos 40cm de largo en el lateral inferior del marco de esa puerta con la pared, en el mismo centro de la terraza y a pocos centimetros de altura.
Y según entiedo por la Jurisprudencia que me adjunta es responsabilidad del propietario que la usa y disfruta, según entiendo de la frase siguiente:”. . cuando se trata de elementos comunes de uso privativo, como pueden serlo en ocasiones patios, terrazas o cubiertas, es quién debe correr con los gastos de las reparaciones, si la Comunidad o el comunero que disfruta en exclusiva del elemento común. En este sentido se considera que la limpieza, cuidado y mantenimiento normal corresponden al comunero que tiene el uso exclusivo, mientras que las cuestiones de tipo estructural son responsabilidad de la Comunidad.”
Entiendo que este desprendimiento de un trozo del sellado es de mantenimiento normal. ¿Coincide ahora su opinión con la mía?
Muchas gracias.