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puede el propietario exclusivamente de un trastero,utilizar las zonas comunes? Piscina,etc

Derechos adquiridos en la comunidad por ser dueño únicamente de un trastero

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Una comunidad de vecinos de 50 apartamentos, dispone en su sótano de garajes y trasteros.

Uno de los trasteros, con una cuota de participación de 0,060% , ha sido comprado por una persona que no dispone apartamento ni plaza de garaje en la comunidad de vecinos, si bien con el pretexto de que es propietario del trastero, se cree con derecho de disfrutar de todas las zonas comunes de la urbanización. No sólo él, sino toda su familia y amigos.

Por eso dice, que tiene derecho a usar la piscina, el campo multideporte, la barbacoa etc…

Quisiera saber si existe base legal para impedírselo, ya que entiendo que un trastero de apenas 4 metros cuadrados, no tiene más fin que almacenar o guardar enseres, nunca dar cobijo a las supuestas personas que pretenden disfrutar de todos los elementos comunes.

Muchas gracias

 

 

Yo en su caso me acercaria a la gestoria, si la comunidad tiene contratada una, por que alli se lo resuelven rapido. El otro problema es comunicarse con esa persona para exponerle la duda, que yo creo bajo mi poco conocimiento que no esta pagando para el mantemiento de esas zonas por lo que no deveria disfrutar de ellas, que lo proporcional que paga es por su trastero. 

 

Fin del hilo
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