Una comunidad de vecinos de 50 apartamentos, dispone en su sótano de garajes y trasteros.
Uno de los trasteros, con una cuota de participación de 0,060% , ha sido comprado por una persona que no dispone apartamento ni plaza de garaje en la comunidad de vecinos, si bien con el pretexto de que es propietario del trastero, se cree con derecho de disfrutar de todas las zonas comunes de la urbanización. No sólo él, sino toda su familia y amigos.
Por eso dice, que tiene derecho a usar la piscina, el campo multideporte, la barbacoa etc…
Quisiera saber si existe base legal para impedírselo, ya que entiendo que un trastero de apenas 4 metros cuadrados, no tiene más fin que almacenar o guardar enseres, nunca dar cobijo a las supuestas personas que pretenden disfrutar de todos los elementos comunes.
Muchas gracias